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Ven trampas en decretos de Peña

Facilidad. Nuevas empresas podrían obtener concesiones tras la orden presidencial. (Foto: Jorge Alberto Mendoza)

Los decretos que el 5 de junio firmó el presidente Enrique Peña Nieto para retirar la veda a 300 cuencas hidrológicas, y entraron en vigor un día después, tienen una serie de trampas que ponen en riesgo la seguridad nacional, advirtieron integrantes del Observatorio Ciudadano para la Gestión Integral del Agua de Jalisco.

De acuerdo con el grupo de académicos, abogados y especialistas en la gestión del agua, los documentos firmados no son en sí una orden ejecutiva de privatización, pero sí abonan a que existan las condiciones necesarias para que eventualmente nuevas empresas obtengan concesiones del recurso hasta por un periodo de 50 años que puede ser prorrogable, implicando que perpetúen la extracción del agua para distintos fines.

“El levantamiento de vedas abre espacio para que soliciten la concesión y los primeros que llegan son los que se van a llevar el agua, algunas compañías ya están tomando notas para una eventual concesión. Hay trampas, hablan de (que el retiro de vedas es para) el caudal ecológico, que es la mínima cantidad de agua que requiere un ecosistema y no debemos darle la mínima cantidad al ecosistema, por eso deben desaparecer los consejos de cuenca y convertirse en unidades de manejo integral del agua”, señaló Miguel Magaña Virgen, académico.

“Deben hacerse ordenamientos hídricos por cada cuenca y ese nos dice cómo funciona la cuenca, no puedo levantar y poner vedas si no la conocemos, Conagua no las conoce a fondo y a base de cálculos de escritorio están haciendo estos cambios, ¿dónde está la ciencia?, ¿dónde están los expertos?”, cuestionó.

Por su parte, Antonio Gómez Reyna señaló que en otros países no es posible que empresas extranjeras hagan uso de su agua porque con ello se pone en riesgo la seguridad nacional que otorga ese recurso vital, por lo cual consideró que retirar las vedas significa legitimar a quienes ya tienen concesiones vigentes para que las reclamen y consuman el líquido.

“Si dices que está vedado el río Verde, entonces ¿por qué se hace una presa y un trasvase a León? A la hora de que quitas la veda, legalmente ya le das seguridad jurídica, es decir, ya estás legal, pero no nada más los que ya están ahorita, los miles que están interesados en el agua, estoy hablando de refresqueras, cerveceras, alimentos, plastiqueras, minas, petróleo”.

Al respecto el coordinador del observatorio, Juan Guillermo Márquez, adelantó que sí hay formas de revertir el decreto por la vía legal y ante ello ampliaron las denuncias que ya tienen presentadas por el caso de El Zapotillo.

Por su parte, la fundación internacional WWF, que respaldó dichos decretos presidenciales, descartó en un comunicado que se vaya a entregar el agua a empresas debido a que los volúmenes que ahora pasan de veda a reserva son para uso de comunidades indígenas y la biodiversidad.

“Las reservas de agua son un instrumento diseñado para proteger el caudal ecológico de las cuencas y asegurar los beneficios que los ecosistemas nos ofrecen a todos. No representan de ninguna manera la privatización del recurso, ni la extinción de ningún derecho al uso del agua vigente. Por el contrario, establecen claramente volúmenes de agua que deberán quedar intactos para la biodiversidad”, indicó en un comunicado.

Lo que dicen los decretos

  • Artículo primero. Se declara de utilidad pública la gestión integrada de los recursos hídricos superficiales a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional, y el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales superficiales, incluidas las vedas, por lo que se suprime la veda que se mantuvo en las cuencas hidrológicas (señaladas).
  • Artículo segundo. Se declaran de utilidad pública la gestión integrada de los recursos hídricos superficiales a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional; la protección, mejoramiento, conservación y restauración de cuencas hidrológicas, así como el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales, superficiales, incluidas las limitaciones de extracción en zonas de veda.
  • Artículo séptimo. Las zonas de veda y de reserva que se establecen en los artículos segundo y tercero del presente Decreto, tendrán una vigencia de cincuenta años, que podrá prorrogarse de subsistir las causas que les dieron origen, de conformidad con lo señalado en el artículo 40, fracción X, de la Ley de Aguas Nacionales.

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FRASE

“El levantamiento de vedas abre espacio para que soliciten la concesión y los primeros que llegan son los que se van a llevar el agua”
Miguel Magaña, académico

JJ/I