INICIO > EMPRESA
A-  | A  | A+

Concluyó el plazo para el reparto de utilidades

EL CONTEO. Será hasta el próximo lunes 2 de julio cuando sse tenga un corte sobre las quejas que presentaron los trabajadores al no haberles dado esa prestación. (Foto: Especial)

Concluyó el plazo para el pago de utilidades a las personas físicas en país. Este 29 de junio fue el último día para que quienes tributan bajo este esquema otorguen las utilidades a sus colaboradores. Sin embargo no hay un registro de cuántas personas físicas entregarán la prestación. Las personas morales o empresas tuvieron hasta el 31 de mayo para hacer lo propio.

La Secretaría del Trabajo en el estado informó que será hasta el lunes 2 de julio cuando tenga un corte informativo sobre las quejas que se presentaron por parte de los trabajadores al no haberles dado esa prestación.

El artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios y en general todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio están obligados al reparto de utilidades.

Este derecho deben recibirlo todos aquellos que presenten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral, cualquiera que sea el acto que le de origen mediante el pago de un salario.

Los trabajadores, ex trabajadores eventuales o ex empleados de planta tienen derecho al reparto de utilidades cuando hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año.

También quienes prestan sus servicios en una empresa o establecimiento supliendo vacantes transitorias o temporales, además de quienes desempeñan trabajos extraordinarios o para obra determinada que no constituyan una actividad permanente. 

Dentro de lo indicado en el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo se señala que el plazo de prescripción del reclamo del cobro de la PTU (participación de los trabajadores en las utilidades) será de un año contando desde la fecha de exigibilidad de la prestación. En este caso, de las personas morales sería a partir del 31 de mayo y del 30 de junio para las personas físicas.

En el caso de que el obligado no pague la PTU se le aplicará una multa que puede ir desde los 250 a los cinco mil unidades de medida y actualización, lo que equivale en pesos desde 18 mil 872.50 hasta 37 mil, 450.

Esta multa ha sido determinada por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para quienes incumplan con el pago de utilidades 2018 en tiempo y forma.

JJ/I