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Legisladoras listillas
Al Rey Sol
La pantalla publicitaria que permanecía en las inmediaciones de la glorieta La Minerva fue retirada por fin por parte del gobierno de Guadalajara, tras un litigio de años contra la empresa West Media.
Casi al inicio de esta administración, el ayuntamiento tapatío hizo adecuaciones a las reglas en la materia.
De acuerdo con el reglamento municipal, está prohibida la instalación de anuncios estructurales y pantallas electrónicas en un radio menor a 250 metros a los hitos urbanos, como lo es La Minerva.
La empresa, que en tiempos de campaña fue contratada por candidatos de diversos colores, promovió recursos ante el entonces Tribunal de los Administrativo del Estado (TAE) a fin de evitar el retiro de la pantalla.
“A pesar de que esta estructura incumplía con el reglamento, la Sexta Sala del TAE emitió la suspensión para que la estructura siguiera en su lugar. Ante esta medida, el Municipio presentó un recurso ante la Sala Superior del TAE, que fue resuelto favorablemente para el Municipio”, informó el gobierno tapatío en un comunicado sobre las acciones que iniciaron el jueves y terminaron ayer.
El retiro de la pantalla electrónica implicó el cierre a la circulación vial en la incorporación a la calle López Cotilla, a la altura de la glorieta.
“Hasta el momento, esta administración ha retirado más de 500 vallas publicitarias y más de 60 espectaculares irregulares”, presumió el gobierno tapatío.
Además de la adecuación al Reglamento de Anuncios, en la más reciente sesión de cabildo, el ayuntamiento aprobó elevar las multas a quienes infrinjan los lineamientos municipales en la materia.
Por mantener encendidos anuncios luminosos fuera del horario permitido, la sanción oscila entre los 5 mil y 10 mil pesos, y el planteamiento es elevarla para que quede entre 34 mil y 102 mil pesos.
Otros conceptos que podrían castigarse con alrededor de 102 mil pesos son carecer de póliza de seguro en las estructuras, así como no mantener en buen estado físico y en condiciones de seguridad las estructuras de anuncios, pantallas electrónicas, de cartelera, de piso o azotea.
Tras los ajustes avalados en el pleno, falta que el Congreso del Estado lo avale, debido a que implica adecuaciones a la Ley de Ingresos del año en curso.
La síndica del gobierno de Guadalajara, Anna Bárbara Casillas García, argumentó que la intención es “garantizar a toda persona el derecho humano a un medio ambiente adecuado”, así como la homologación de lineamientos con Zapopan.
Ejercer la prostitución dejó de criminalizarse con las reformas al Reglamento de Policía y Buen Gobierno de Guadalajara. Aunque quienes paguen por el servicio sí incurren en falta.
Las palabras “promover” y “ejercer” fueron eliminadas del apartado IV, artículo 14, para quedar solamente como sancionable “demandar en forma ostentible o fehaciente, servicios de carácter sexual, en la vía pública. En ningún caso podrá calificarse ésta falta basándose la autoridad en la apariencia, vestimenta o modales de las personas”.
Como promotora de la iniciativa, la regidora Guadalupe Morfín Otero argumentó que estudios sociales “denotan la ausencia del cliente y se escribe como única perspectiva la de la mujer trasgresora”, lo que contraviene con tratados internacionales en materia de derechos humanos, la legislación nacional y local.
Las palabras eliminadas propiciaban “una situación en la que pone en entredicho la obligación del estado para garantizar el derecho a las mujeres de una vida libre de violencia”.
La trata de personas sigue punible de acuerdo al marco legal, precisó la edil.
El titular de la Unidad de Integración y Dictaminación, Rafael Leopoldo Cárdenas Muñoz, no estuvo de acuerdo con la adecuación, argumentando que no sólo las mujeres ejercen u ofrecen servicios sexuales, sino también los hombres. Además, indicó que la norma “es impersonal, es decir, no está dirigida a una persona, por lo que estimamos se debe sancionar tanto al que ofrece como al que demanda el servicio, ya que no de existir ninguna de las partes, tampoco existiría dicha conducta”.
Los regidores respaldaron la argumentación de Morfín Otero sustentada en convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos.
“No se considerarán resistencia o desacato las acciones relacionadas con la defensa de los derechos humanos, el ejercicio del periodismo o de la comunicación, con fines de documentar o vigilar la actuación policial”, se agregó en el apartado XIV del artículo 13 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno.
Mientras que proferir o expresar insultos contra las instituciones públicas o sus representantes dejaron de ser sancionadas “cuando se trate de un ejercicio de libertad de expresión, manifestación o protesta”. Además, para que se considere como agravio, debe estar en funciones el receptor de las mismas.
“A pesar de que esta estructura incumplía con el reglamento, la Sexta Sala del TAE emitió la suspensión para que la estructura siguiera en su lugar” Comunicado del gobierno tapatío
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