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¿Guardia nacional: ciudadanos o militares?

Por fin, el miércoles pasado la Cámara de Diputados aprobó con 248 votos a favor, 108 en contra y 10 abstenciones (entre éstas, la de la morenista Tatiana Clouthier) la iniciativa de reforma constitucional, propuesta por el presidente López Obrador, para convertir la guardia nacional. Dicha figura fue presentada originalmente en el Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024, y presentada como iniciativa por el grupo parlamentario de Morena el 19 de noviembre, para reformar 13 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Antes de discutir dicho decreto se realizó una serie de audiencias donde diversos participantes (más de 80 ponentes, entre gobernadores, presidentes municipales, representantes de organismos de la sociedad civil, investigadores y especialistas), celebradas del 8 al 12 de enero, ventilaron posiciones muy variadas, pero que la mayoría de ellas (en especial las organizaciones civiles) coincidieron en que, con la creación de la figura de la guardia nacional, se conducirá a la militarización del país. Lo más que se logró con sus propuestas fue crear el doble mando: civil, para las cuestiones administrativas, y militar, para lo operativo.

López Obrador estuvo de acuerdo con lo aprobado en la Cámara baja y urgió a los senadores, quienes deberán aprobarla, incorporar un artículo transitorio eliminado “en tanto consolidamos la guardia nacional, puedan el Ejército y la Marina ayudarnos”. Curiosamente, en la exposición de motivos de la iniciativa en cuestión se menciona que, cuando Felipe Calderón usó al Ejército para combatir el crimen organizado, “se trataba de una medida provisional, en tanto se lograba la consolidación de la Policía Federal y el saneamiento y la profesionalización, moralización y depuración de las corporaciones estatales y municipales de seguridad pública”. ¿Déjà vu?

En el dictamen que pasará al Senado se incluyó el artículo cuarto transitorio (a petición del grupo del Partido Revolucionario Institucional), que señala: “El Sistema Nacional de Seguridad Pública implementará un esquema de fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de las instituciones policiales, bajo objetivos cuyos resultados sean verificables”.

Por otro lado, la figura de guardia nacional ya existe en la CPEUM, pero es un ente integrado por ciudadanos, quienes tendrán la reserva del “nombramiento respectivo de jefes y oficiales”, y a los estados de la Federación “la facultad de instruirla conforme a la disciplina prescrita”. La guardia nacional se creó motivado por la guerra con Estados Unidos en 1846 como un derecho y una obligación de los ciudadanos para tomar las armas para la defensa de la nación, y era de carácter temporal. Claro, esto está sustanciado en el derecho a poseer armas (artículo 10, CPEM), pues los ciudadanos son los primeros interesados en salvaguardar los intereses nacionales y la soberanía de la nación.

Esta guardia nacional estaba conformada por ciudadanos, no militares; y funcionaba algo similar a como lo hacen hoy las autodefensas, pero reglamentado. En Estados Unidos, en la guardia nacional los ciudadanos participan de forma voluntaria y generalmente son personas que ya recibieron previamente entrenamiento militar; es un tipo de reserva militar.

Con la conversión de esta figura civil en un ente semi-cuasi-para-militar, la pregunta obligada es, ¿qué entidad constitucional sustituirá a la original guardia nacional donde puedan participar los ciudadanos y se organicen para, de ser el caso, defenderse ante las amenazas a su soberanía? La guardia nacional original tenía una función claramente republicana y popular, pues su función esencial era el de sostener las instituciones democráticas.

El artículo 31 constitucional actual obliga a los ciudadanos a “alistarse y servir en la guardia nacional”, y es requisito “tomar las armas en [la] guardia nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones” (artículo 34) y es compromiso “del ciudadano de la República… alistarse en la guardia nacional” (artículo 36). Ahora, la guardia nacional dejará de ser una institución ciudadana estatal para convertirse en un ente militar centralista.

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JJ/I