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Crucificándose
Empiezan las campañas
El Juzgado Primero de Distrito con sede en Sonora dictó sentencias condenatorias que van desde los 20 hasta los 29 años de prisión a implicados en los hechos ocurridos el 5 de junio de 2009 en la Guardería ABC, en Hermosillo, informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Se dictó sentencia condenatoria en contra de la jefa del departamento de guarderías y del delegado estatal en Sonora del Instituto Mexicano del Seguro Social; de la representante legal y del secretario del consejo de administración de la Guardería ABC y del director de protección civil de la secretaría del ayuntamiento de Hermosillo.
Además del director de bomberos de Hermosillo; del jefe de departamento adscrito a la dirección de Bomberos, dependiente de la secretaría del Ayuntamiento de Hermosillo; del titular de la unidad estatal de protección civil; del director de inspección y vigilancia del ayuntamiento de Hermosillo y de los empleados del área de control vehicular y de la agencia fiscal de la Secretaría de Hacienda del gobierno de Sonora.
También se dictó sentencia condenatoria en contra del director general de recaudación y del subdirector de control vehicular dependientes de la Secretaría de Hacienda del gobierno de Sonora, por considerarse penalmente responsables en la comisión de los delitos de homicidio por culpa cometido en agravio de 49 menores, y de lesiones por culpa, cometido en agravio de 38 menores y cinco mayores de edad.
La jefa del departamento de guarderías dependientes de la dirección de prestaciones económicas y sociales del Instituto Mexicano del Seguro Social, la sentencia fue de 29 años de prisión y se le condenó al pago de la multa y la reparación del daño.
Al delegado estatal en Sonora del Instituto Mexicano del Seguro Social, a la representante legal y al secretario del consejo de administración de la Guardería ABC, a los directores de Protección Civil de Hermosillo, de bomberos al jefe de departamento adscrito a la dirección de bomberos, y al director de inspección y vigilancia del ayuntamiento, se les impuso la pena de 28 años de prisión, pago de la multa y reparación del daño. La misma pena se impuso al titular de la unidad estatal de Protección Civil.
A los empleados del área de control vehicular y de la agencia fiscal, al director general de recaudación y al subdirector de control vehicular dependientes de la Secretaría de Hacienda del gobierno del Estado de Sonora, la pena de 20 años de prisión y se les condenó al pago de la multa y la reparación del daño.
De igual manera en la causa penal 126/2009 y sus acumuladas dictó sentencia absolutoria a favor de las coordinadoras zonales de guarderías y de la jefa del departamento de guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por el delito de ejercicio indebido del servicio público, previsto y sancionado por el artículo 214, fracción III, del Código Penal Federal, en virtud de que no se acreditó el dolo.
También se dictó sentencia absolutoria en favor del delegado estatal en Sonora del Instituto Mexicano del Seguro Social por el delito de uso indebido de facultades.
Asimismo, se absolvió a la representante legal y al secretario del Consejo de Administración de la Guardería ABC por el delito de Uso Indebido de Facultades, toda vez que no se acreditó uno de los elementos que integran el ilícito.
De igual modo, se dictó sentencia absolutoria a favor de la jefa del departamento de guarderías y del delegado estatal en Sonora, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social; de la representante legal y del secretario del consejo de administración de la Guardería ABC; del director de Protección Civil de la secretaría del Ayuntamiento de Hermosillo y del director de bomberos de Hermosillo.
Además, del titular de la unidad estatal de Protección Civil; del director de inspección y vigilancia del ayuntamiento de Hermosillo; de los empleados del área de control vehicular y de la agencia fiscal dependientes de la Secretaría de Hacienda del estado de Sonora y del director general de Recaudación de la Secretaría de Hacienda, por el delito de lesiones que no ponen en peligro la vida y tardan en sanar menos de quince días.
Igualmente, se dictó sentencia absolutoria a favor del director de Protección Civil de la secretaría del ayuntamiento de Hermosillo, Sonora; del director de bomberos de Hermosillo; del jefe de departamento adscrito a la dirección de bomberos, dependiente de la secretaría del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora y de los empleados del área de control vehicular y de la agencia fiscal dependientes de la Secretaría de Hacienda de Sonora.
Esto por el delito de lesiones, previsto y sancionado en el artículo 289 segunda parte, en relación con el diverso 60, ambos del Código Penal Federal, en virtud de no encontrarse satisfecho el requisito de procedibilidad a que alude el último párrafo del artículo 289 antes mencionado.
Asimismo, se dictó sentencia absolutoria a favor del director de protección civil de la secretaría del ayuntamiento de Hermosillo; del director de bomberos de Hermosillo; del jefe de departamento adscrito a la dirección de Bomberos, dependiente de la secretaría del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora y del titular de la unidad estatal de Protección Civil y del director de inspección y vigilancia de Hermosillo.
Esto por el delito de lesiones, previsto y sancionado en el artículo 289 segunda parte, en relación con el diverso 60, ambos del Código Penal Federal, en virtud de decretarse el sobreseimiento al declararse extinguida la acción penal por el perdón otorgado a su favor por los ofendidos.
GT