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Haber de retiro es derecho: Suro

DEFENSA. Ricardo Suro asegura que hay magistrados que terminan su periodo sin derecho a pensión. (Foto: Grisel Pajarito)

El haber de retiro es un derecho constitucional de los magistrados que permite “una salida decorosa del cargo”, afirmó el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco (STJEJ), Ricardo Suro Esteves.

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, Saúl Galindo Plazola, informó que en la propuesta que presentó de reforma al Poder Judicial se planteó eliminar el pago de un haber de retiro a los magistrados cuando cumplen 70 años de edad. Su argumento es la falta de recursos en el tribunal para cumplir con la obligación.

Entrevistado sobre este tema, Suro Esteves dijo que hay una confusión sobre lo que representa esta prestación. Indicó que se trata de una disposición legal diferente al derecho a una pensión o jubilación, pues hay magistrados y jueces que llegan a la edad de retiro sin haber cotizado las semanas suficientes ante el Instituto de Pensiones del Estado.

Agregó que como trabajadores al servicio del estado, los magistrados tienen derecho a jubilarse, “pero eso es muy diferente al haber de retiro. Habemos magistrados que vamos a concluir nuestro encargo y no vamos a tener derecho a una pensión”.

Sobre las acciones legales que podría emprender el Poder Judicial en caso que se aprobara una reforma de este tipo, el magistrado señaló que esperarán los cambios que se hagan a la legislación “para ver si estamos o no de acuerdo y si hay materia para una controversia constitucional. Hasta ahorita son especulaciones”.

Ricardo Suro precisó también que la falta de pago del haber de retiro a los magistrados que ya dejaron el cargo no es por problemas financieros del Poder Judicial, ya que al elaborarse el presupuesto se prevén los fondos para esa prestación; sin embargo, los recursos no les han sido entregados, pero “no es que el haber de retiro lo propicie un déficit económico”.

Desde que el monto del haber de retiro se estableció en la ley, sólo han podido cobrarlo los magistrados que acuden al juicio de amparo. Todos lo han ganado.

El haber de retiro se estableció por órdenes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó que los magistrados no eran inamovibles y debían irse al cumplir los 70 años de edad, pero debían recibir una compensación. Esta indemnización consiste en el equivalente a 12 meses de salario más 14 días de salario integrado por cada año de servicio prestado como magistrado.

Esperarán

Magistrados primero verán qué se aprueba en el Congreso; después verán si interponen algún recurso legal

 

 

HJ/I