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Asalariados con un patrón no declararán ante el SAT

(Foto: Especial)

Todas las personas físicas que tienen un ingreso y que están contempladas en la Ley de Impuesto sobre la Renta deberán presentar su declaración anual de impuestos a las tardar el próximo 2 de mayo.
Así lo dio a conocer Marco Antonio Covarrubias, administrador Desconcentrado de Servicio al Contribuyente del SAT Jalisco.
Dijo que aquellas personas que se ubican en el rango de sueldos y salarios, actividad empresarial, arrendamiento, enajenación de bienes y obtención de premios, están obligados a hacer su declaración anual en el mes de abril.

El Servicio de Administración Tributaria, a través de su página de Internet clasifica a las personas morales en cuatro categorías: asalariados, profesionistas, arrendadores y empresarios.

Aunque el plazo oficial vence el 30 de abril, por ser día inhábil se trasladará al 2 de mayo a las 20 horas.

Beneficio para asalariados

Marco Landeros, administrador de Servicios al Contribuyente Jalisco tres, dijo que este es el primer año que el Servicio de Administración Tributaria ofrece la condonación de la presentación de la declaración anual de impuestos a aquellos asalariados que sólo trabajaron con un patrón.

“Si una persona física obtuvo ingresos por salarios, exclusivamente por un patrón, o bien hubo una acumulación de salarios con intereses que o hayan rebasado más de 20 mil pesos en el año, va a quedar relevado de presentar la declaración anual de sueldos y salarios 2016”.

EH