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Permitirán realizar sesiones reservadas

Desvinculado. Parte de la reforma constó en darle autonomía al tribunal de justicia administrativa respecto al Poder Judicial. (Foto: Grisel Pajarito)

Aún no entran en operaciones, pero los magistrados del recién creado tribunal de justicia administrativa tendrán la posibilidad de sesionar de manera reservada cuando así lo requieran

Los diputados locales aprobaron el 14 de septiembre la nueva ley orgánica del tribunal de justicia administrativa, y en su artículo séptimo le da ese privilegio a la Sala Superior.

“La Sala Superior debe sesionar las veces que sea necesario para resolver los asuntos de su competencia y cuando menos una vez al mes. Sus sesiones son públicas, salvo los casos que por causa justificada y por unanimidad se declaren como reservadas”, señala el primer numeral.

Este tribunal entrará en vigor el 1 de enero para sustituir al actual Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE), que lo integran seis magistrados en salas unitarias.

La reforma como parte del Sistema Estatal Anticorrupción le da autonomía constitucional, lo que obliga a ya no depender del Poder Judicial.

Los diputados locales crearon una segunda instancia con la Sala Superior, que estará integrada por tres magistrados a nombrar a más tardar el 15 de diciembre, y dejarán las mismas salas unitarias con sus titulares.

El artículo transitorio de la nueva ley establece que los actuales seis magistrados pueden continuar en el cargo hasta concluir el periodo para el cual fueron designados en sus respectivas salas unitarias con la misma numeración que tienen.

Una novedad de esta ley es que se prevé la creación de jurisprudencia.

El artículo 21 establece que se formará jurisprudencia sobre un tema cuando existan cinco fallos de la Sala Superior o de las salas en un mismo sentido y sin interrupción o por contradicción de tesis.

Le tocará a la Sala Superior declarar los casos en que exista jurisprudencia definida y le ordenarán su publicación en el boletín electrónico del tribunal y en el periódico oficial El Estado de Jalisco.

Además, la jurisprudencia del tribunal es obligatoria para los órganos jurisdiccionales, pero se puede interrumpir si se pronuncia una ejecutoria en sentido contrario por el voto unánime de la Sala Superior o si existe una jurisprudencia que se le oponga dictada por los tribunales del Poder Judicial de la Federación.

Las salas o las partes que intervienen en el caso pueden denunciar contradicción de tesis, y la Sala Superior debe resolver cuál prevalece.

Para elegir a los magistrados de este tribunal, la Comisión de Justicia del Congreso del Estado será la que emita la convocatoria, y cuando tenga los expedientes de los participantes, se los deberá enviar al Comité de Participación Social para que emita un informe con la opinión técnica de los perfiles de los aspirantes dentro de los 30 días naturales desde que recibió los documentos, y si no lo hace, lo realizará la comisión legislativa.

Esta comisión es la que elaborará al pleno el dictamen con la lista de candidatos elegibles para su votación.

El pleno deberá elegir al magistrado por mayoría calificada y por cédula, y si luego de tres votaciones no llegan a un acuerdo, deberá declararse la convocatoria desierta y se volverá a emitir otra.

Previsión

El nuevo tribunal entrará en funciones el 1 de enero

JJ/I