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Legisladoras listillas
Al Rey Sol
A finales de este año, el acoso callejero será considerado como una falta administrativa en los municipios de la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG), conducta que en caso de cometerse tendrá la sanción de una multa económica, arresto administrativo hasta por 36 horas y la obligación de recibir capacitación en perspectiva de género.
La propuesta fue dada a conocer por la Agencia Metropolitana de Seguridad (AMS) y según su administrador, Marco Valerio Pérez Gollaz, para incluir esta figura se modificarán y homologarán los reglamentos de los nueve Municipios metropolitanos.
“El proyecto fue elaborado por nosotros, lo estaríamos presentando ante cada una de las comisiones tanto de seguridad, como de derechos humanos y/o perspectiva de género, como según se denomine en cada uno de los Municipios para que pueda estar presentada la iniciativa en el mes de noviembre formalmente y seguir su desarrollo edilicio, que estoy cierto que este mismo año podremos tener ya regulado el acoso sexual callejero”.
Los piropos, las miradas lascivas, señales o palabras obscenas, tocamientos y manoseos que padecen las mujeres en la vía pública, serán las conductas que estarán catalogadas como acoso callejero.
Estos cambios en las normas municipales forman parte de tres acciones que ayer fueron presentados por la agencia en conjunto con el Instituto Jalisciense de las Mujeres (IJM) como una estrategia para inhibir la violencia contra las mujeres en la calle.
La directora del IJM, Érika Loyo Beristáin, expresó que a pesar de existir una iniciativa en el Congreso de Jalisco para tipificar el acoso callejero como delito, no podían esperar hasta que ésta fuera descongelada.
“Creo que no había porque aguantar a que salieran las cosas en el Legislativo para avanzar en esta perspectiva, que es una perspectiva cotidiana y del día a día y que tenemos que atender de manera obligada”.
Pérez Gollaz agregó que el fin primordial de estas adecuaciones en los reglamentos es la capacitación, tanto de los acosadores como de los funcionarios públicos para los casos que se presenten, y no las sanciones punitivas o económicas.
Las otras dos acciones previstas son la limpieza de seis puentes peatonales identificados como espacios para la generación de delitos y la instalación de cámaras en 30 parabuses, donde hay acoso y agresiones.
Esto porque según los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 63.3 por ciento de los casos de violencia ocurren en la calle o el espacio público, 13 por ciento en el parabús y 79 por ciento de las mujeres se sienten inseguras en este último lugar.
Marco Valerio explicó que en 15 días comenzarán con el programa piloto para la instalación de cámaras en estos 30 puntos de los 5 mil existentes en la ciudad, las cuales estarán vinculadas a los cuerpos de seguridad estatal y municipal.
En el caso de los puentes peatonales a intervenir, la mayoría están ubicados sobre Periférico y cercanos a planteles de la Universidad de Guadalajara (UdeG). Para su limpieza, iluminación y retiro de cualquier material que impida la visibilidad, se pedirá apoyo a los Municipios metropolitanos.
Para garantizar la seguridad el usuario y detectar posibles abusos, todas las unidades del transporte público deberán contar con cámaras de seguridad que reflejen lo que pasa en el camión y escalones retractiles; de lo contrario, serán sancionados con multas de hasta 2 mil 265 pesos.
La reforma de la priísta Rocío Corona Nakamura, aprobada esta semana, establece que estas cámaras deben registrar el ascenso de pasajeros, la conducción del chofer, la operación a lo largo del pasillo y el descenso y contar con escalones retractiles.
Además, el cambio a la Ley de Movilidad establece que las denuncias por maltrato en transporte público deben ser por escrito, por comparecencia o cualquier medio establecido en las plataformas del Sistema Nacional de Seguridad Pública, como el número de emergencia 911
“Cuando los hechos denunciados se cometan en una unidad de transporte masivo o colectivo de pasajeros, la secretaría de oficio solicitará las imágenes de las cámaras de seguridad y hará acopio de las demás pruebas que considere necesarias para determinar las condiciones de tiempo, modo y lugar en que se realizó el evento denunciado”, acotó.
Esta reforma en la fracción décimo sexta del artículo 191 define como maltrato cuando al usuario se le niega el servicio sin causa justificada o es víctima de actos violentos, discriminatorios o humillantes. Jessica Pilar Pérez
“Creo que no había porque aguantar a que salieran las cosas en el Legislativo para avanzar en esta perspectiva” Érika Loyo Beristáin, titular del IJM
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