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Nacen 6 bebés al año de madres en prisión

SE TIENEN QUE IR. Después de los 3 años, los hijos de presas de Puente Grande tienen que abandonar el penal. (Fotos: Especial/ Humberto Muñiz)

Bajo cuidados sin protocolos oficiales, desde 2013 al 14 de noviembre de este año nacieron 36 bebés de mujeres privadas de su libertad que cursaron su embarazo en el reclusorio femenil de Puente Grande.

La suerte de esos recién nacidos será acompañar a sus madres durante los primeros tres años de sus vidas en la Comisaría de Reinserción Femenil (CRF), a menos que existan circunstancias especiales; después se les separará de ellas, de acuerdo con los protocolos de la institución.

“No cuenta (la CRF) con protocolos de atención validados por área competente (para embarazo y maternidad)”, estableció la Fiscalía de Reinserción Social en un documento de transparencia.

Personal de la Fiscalía General del Estado (FGE) indicó que los protocolos de atención para mujeres embarazadas y madres en convivencia con infantes no son oficiales para la institución, sino que se basan en la práctica cotidiana y disposiciones legales como la Ley Nacional de Ejecución Penal, el Reglamento de la CRF y disposiciones de distintos instrumentos internacionales.

En total, se registraron 41 embarazos entre 2013 y 2017 –tres mujeres aún se encuentran en gestación– y no se informó que en otros centros de reclusión del estado haya habido mujeres en estado de gestación.

La situación de gravidez para las mujeres que viven en las instalaciones penitenciarias puede deberse a que ya tuvieran tiempo de gestación antes del encarcelamiento, que hayan tenido visita conyugal en las instalaciones de CRF o que hayan visitado a su pareja en los reclusorios para varones preventivo, metropolitano o de sentenciados, según documentos de la FGE.

A toda mujer ingresada a CRF que haya manifestado estar embarazada o haya sospechas de ello, se le practicó en ese momento el examen de orina y de sangre para detectar la hormona gonadotrofina coriónica para confirmar que el embrión se hubiera implantado en el endometrio.

Hubo en el período de 2013 a 2017; sin embargo, dos casos en los que el embrión se implantó en un lugar distinto del útero, provocando embarazos ectópicos en los que las mujeres privadas de su libertad no pudieron llevar al parto el producto en gestación.

Desde el momento de detección de gravidez, en que ya se le habría realizado una primera evaluación de salud mental a la mujer, el protocolo establece que en menos de 15 días se le asignará un terapeuta para acompañamiento psicológico durante esa etapa, encaminado a su estabilidad emocional.

El tratamiento se extenderá incluso hasta después del parto si la mujer continúa recluida.

Además, la gestación de cada mujer será registrada por el personal de trabajo social para dar seguimiento a las interconsultas con el área de ginecología de CRF, con suministro de multivitamínicos, hierro y ácido fólico, realizadas cada mes o cuando sea necesario, con la posibilidad de ser trasladada al área de obstetricia del Hospital Civil Fray Antonio Alcalde.

Las revisiones incluyen ecosonogramas pélvicos periódicos, como parte del control prenatal, y se solicita la ayuda de familiares para conseguir medicamentos para la mujer, en caso de requerirlos.

Alimentación especial

A diferencia del resto de las personas privadas de la libertad, tanto las mujeres embarazadas como los niños que viven en CRF reciben una alimentación especial.

A los internos en general se les da comida en sus dormitorios, servida en contenedores y recipientes trasladados a cada área por una empresa contratada exclusivamente para ello, de acuerdo con los protocolos de la Fiscalía de Reinserción Social.

Todo el proceso de preparación de alimentos será supervisado por la empresa concesionada para la cocina y por personal de la CRF, quienes vigilan la cantidad exacta de gramos de cada ración.

La jornada de preparación comienza a las 6 horas diariamente con dietas generales para las mujeres privadas de la libertad distintas a las de quienes por instrucciones médicas tuvieran otras necesidades alimenticias, como mujeres preñadas, en lactancia, enfermas e infantes, que acudieron directamente a la cocina para recibir sus raciones.

El alumbramiento y sus efectos

La mujer, al comenzar las contracciones y los dolores del final de la etapa de gestación, tendrá vigilancia cercana por parte del personal de las distintas áreas del centro de reclusión, según los protocolos propios.

Se le realizará valoración y exploración física en el área de ginecología de CRF para determinar si es momento de enviarla al Hospital Civil con traslado urgente.

Personal de trabajo social del centro de reclusión se encargará de realizar las gestiones correspondientes en las instalaciones médicas y establecer contacto con la familia; en caso de requerir transfusión de sangre la mujer, les indicará los requisitos que necesitan cubrir.

Partos por alumbramiento natural o eutócico ocurrieron 23 en el lapso de 2013 a 2017, en tanto que 13 mujeres privadas de su libertad requirieron procedimiento quirúrgico para extraer al bebé debido a distintas complicaciones.

Una vez ocurrido el parto, trabajo social de CRF tramitará la condonación de atención médica para la mujer sentenciada o imputada, y habiéndose recuperado, será trasladada nuevamente al reclusorio.

Personal de la institución, de acuerdo con los lineamientos internos, invitará a la mujer a considerar distintos métodos de planificación familiar; además, se solicitarán documentos para dar identidad legal al recién nacido en el registro civil de Puente Grande.

El bebé permanecerá con su madre durante el puerperio, tiempo en que el cuerpo de ella recuperará sus condiciones físicas previas al embarazo; después, la madre firmará su consentimiento para que el infante reciba atención en el Centro de Desarrollo Infantil (Cendi) y habitará con ella una de las cuatro estancias de maternidad.

El acompañamiento psicológico para la mujer privada de la libertad será necesario nuevamente hasta los 3 años de edad del infante, cuando iniciará el trámite para su egreso, pudiendo ser entregado a familiares, a una familia sustituta o a alguna institución.

La terapia para la madre continuará aún después de entregar al hijo, cada vez que lo requiera, pues habrá días de visita del menor de edad y, por lo tanto continuas separaciones.

Separación impacta diferente a presas

El impacto emocional de la separación es muy distinto para las mujeres privadas de su libertad y para sus hijos, pues los niños carecen de conciencia en muchos sentidos, planteó la investigadora de la Universidad de Guadalajara (UdeG) Martha Catalina Pérez González.

La pérdida de la función materna puede ser un factor de disminución de la autoestima para mujeres que se sienten definidas desde ese rol, sobre todo si hay poca relación con sus familias debido a la situación de reclusión, pues a ellas suelen visitarlas menos que a los varones, consideró la coordinadora del Centro de Evaluación e Investigación Psicológica de la UdeG.

“La fuente de seguridad más importante para el menor es la madre en ese contexto y hace que ella tenga una pérdida de esa función materna y pueden venir, lamentablemente, dependiendo del historial, alguna exaltación del estado de ánimo hacia el proceso depresivo o el estado maníaco”, comentó.

El proceso de los niños al desprenderse de su madre y egresar del CRS es muy distinto, explicó Pérez González, porque todavía están formando muchas de sus habilidades sociales y emocionales; además, tendrán el apoyo de sus abuelos, tíos, familia sustituta o instituciones del estado para velar por su estabilidad hasta los 12 años, etapa en que aprenderán a desarrollar afectos, límites y principios. Juan Levario

En gestación de 2013 a 2017

41 mujeres privadas de la libertad tuvieron embarazo

2 no se lograron

23 partos ocurrieron de manera natural

13 mujeres tuvieron cesáreas

3 aún están embarazadas 

FV/I