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Constitucional que policías revisen sin orden judicial

(Foto: Cuartoscuro)

Si los policías te piden que bajes del auto, te hacen una revisión y además revisan tu vehículo es constitucional aunque no tengan orden judicial, dice la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Claro siempre y cuando exista un caso de sospecha razonable o flagrancia y no solo se realice la revisión por la apariencia física del ciudadano.

Sobre las revisiones sin orden judicial, los ministros de la Corte indicaron que el Código Nacional de Procedimientos Penales establece la realización de una inspección de personas superficial o leve.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) solicitó anular los artículos relacionados a la revisión de personas y vehículo porque transgreden los derechos a la libertad personal y de tránsito, privacidad, integridad personal y de no injerencia arbitrarias.

Petición que fue anulada por los miembros de la SCJN, quienes indicaron que los argumentos de la CNDH son infundados y que las inspecciones son controles preventivos provisionales que se encuentra autorizados en la prevención y persecución de delitos.

Además de las revisiones sin previa orden judicial, la SCJN validó la detención en flagrancia por delitos que requieran denuncia.

EH