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Restringen 48% de licitaciones

Rebasa. El Municipio pasa el monto establecido en la ley. (Foto: Mónika Neufeld)

De las 313 obras que se concursaron en Zapopan desde enero de 2015 a diciembre de 2017, 152 fueron adjudicadas a través de licitación por invitación restringida, es decir, 48 por ciento; en ocasiones, rebasando el monto límite establecido en la ley estatal de obra pública para esta modalidad de proceso, que es equivalente a 5 millones 642 mil pesos. El resto de contratos se sujetan a licitaciones públicas.

De acuerdo con la ley, este tipo de concursos bajo invitación de al menos cuatro empresas del ramo, seleccionadas por el ayuntamiento, son para ocasiones donde se requieran servicios específicos, técnicos, se requiera mano de obra de grupos étnicos u otras excepciones; sin embargo, en Zapopan este tipo de concursos abarcan casi la mitad de los contratos.

Una de las obras que se asignaron en abril de 2017 mediante licitación restringida y rebasó el monto señalado en dicha ley fue la ampliación y pavimentación de avenida Ángel Leaño, que incluyó cambio de infraestructura sanitaria, banquetas, ciclovías y pasos de fauna disfuncionales. El costo de la obra fue de 6 millones 368 mil 591 pesos; 726 mil pesos por encima del límite fijado en la ley para adjudicaciones por invitación restringida.

De acuerdo con la ley, hay aspectos que se deben tomar en cuenta antes de abrir un concurso con estas características.

“(Se aplicará invitación restringida) cuando se trate de obra que requiera fundamentalmente de mano de obra campesina o urbana marginada y se contrate directamente con los vecinos de la localidad o lugar de los trabajos; por cualquier causa quede sin efecto un contrato y falte de ejecutarse menos del cincuenta por ciento de la obra pública, para lo cual debe tomarse en cuenta preferentemente a los participantes en el procedimiento original”, señala en el artículo 106.

“Se rescinda el contrato por causas imputables al contratista y haya causado ejecutoria; el contrato deba celebrarse con determinado contratista, por tratarse de obras de arte, sea éste el titular de la patente, derechos de autor o del equipo necesario para la ejecución de la obra; se trate de servicios técnicos prestados por una persona física, y realizados por ella misma, sin requerir de la utilización de más de un especialista o técnico”.

“Se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios, investigaciones o capacitación; se presenten circunstancias extraordinarias que requieran con urgencia de una obra y así lo acuerde el ente público”, indica.

NÚMERO

152 obras fueron adjudicadas de esa manera

JJ/I