Corte tumba Ley de Libre Convivencia

2018-09-13 23:49:19

Motivo. La Suprema Corte considera que se trat� como un asunto urgente sin que se cumplieran los requisitos para esto. (Foto: Especial)

Por considerar que hubo graves violaciones al procedimiento legislativo, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer el decreto expedido por el Congreso del Estado, con el que se aprobó la Ley de Libre Convivencia, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2014.

El diputado local electo Enrique Velázquez González, quien fue el autor de la iniciativa aprobada por la Sexagésima Legislatura el 31 de octubre de 2013, señaló que al tratarse de una resolución sobre el procedimiento se podrá subsanar presentándola de nuevo y siguiendo los pasos que marca la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Velázquez agregó que será la primera iniciativa que presente, una vez que regrese al Congreso como integrante de la Sexagésima Segunda legislatura.

La invalidez de la Ley de Libre Convivencia no afecta a la comunidad lésbico-gay, aseguró Luis Guzmán, quien forma parte del consejo consultivo de Cohesión de Diversidades para la Sustentabilidad (Codise), pues desde enero de 2016 la misma SCJN resolvió sobre el derecho que tienen al matrimonio civil. Consideró que afecta a otro tipo de familias no tradicionales que tenían una herramienta para resolver temas jurídicos.

Según la información que aparece en el orden del día de la SCJN, la resolución es sobre la acción de inconstitucionalidad que promovieron la Procuraduría General de la República (PGR) y diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado. La demanda fue para pedir la invalidez del decreto 24486/LX/13, por el que se expide la Ley de Convivencia.

Los ministros resolvieron que la aprobación de ese decreto no respetó los plazos establecidos en el proceso legislativo, pues se aprobó como un asunto urgente, sin que se cumplieran los requisitos para ello.

La Corte determinó que se impidió una deliberación democrática en la que participaran todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso del Estado.

Enrique Velázquez señaló que tendrán que revisar la defensa institucional que hizo el Congreso del Estado en este procedimiento, porque “si hubo una ley que se discutió, fue ésta. Organizamos foros de consulta, se discutió en comisiones y en el pleno”.

El legislador electo aseguró que “no pasa nada, se puede volver a presentar. Afortunadamente regreso al Congreso. Es una ley justa y es necesaria, porque hay muchos modelos de familia distintos. La resolución nos frena un poquito, pero podemos subsanarlo y vamos a buscar consenso con todas las fuerzas políticas para aprobarla. Tendré que revisar cuáles son las acciones que estuvieron mal, según la Corte, para corregirlo”.

Defensa. Si hubo una iniciativa que se dialogó, fue ésta, asegura Enrique Velázquez.

____________

Sí, pero no tanto

Luis Guzmán dijo que sí es una ley que dio visibilidad y otorgaba algunos derechos, “pero nunca fue en específico para la comunidad de gays y lesbianas. Hubo un primer borrador, pero se le hicieron muchos cambios para que pasara. Es una unión que no da, por ejemplo, derecho a la seguridad social para tu pareja”.

Consideró que no hay muchas personas que hayan recurrido a esta figura porque, además, a pesar de que el Colegio de Notarios emitió las reglas para que fuera posible, los notarios no sabían cómo firmar el contrato y preferían derivarlo a otros colegas. Indicó que ellos acompañaron el caso de una mujer que se hizo cargo de una ahijada y quería protegerla jurídicamente.

Según los establecido en el artículo 3o, “la libre convivencia es un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de ayuda mutua”.

Enrique Velázquez afirmó que en Jalisco hay muchos tipos de familia y esta figura permitía protegerlas.

Luis Guzmán agregó que los términos en que esta figura se aprobó en Jalisco son distintos a los que se establecieron en dos entidades que la tuvieron de manera previa, la actual Ciudad de México y Tamaulipas.

“Aquí hicieron cambios porque no querían que se aprovechara por parejas gay, porque temen que se nos reconozca como familias. Nos sirvió mientras estuvo vigente, pero a partir de enero de 2016 ya pudimos celebrar matrimonios”.

A detalle

Libre convivencia

  •  La libre convivencia es un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de ayuda mutua
  •  El contrato se firma ante notario público
  •  La libre convivencia no constituye por sí sola patrimonio común entre las partes, aunque éste se puede integrar usando otros instrumentos previstos en la ley
  •  Las partes no pueden adoptar menores de edad o incapaces. El adoptante no puede celebrar libre convivencia con su adoptado ni con terceros mientras el adoptado sea menor de edad
  •  La terminación de la libre convivencia se tramita ante notario
  •  La ley se aprobó el 31 de octubre de 2013 y se publicó en el periódico oficial El Estado de Jalisco el 1 de noviembre de 2013. Entró en vigor el 1 de enero de 2014

JJ/I

 
Derechos reservados ® ntrguadalajara.com