SCJN da rev�s a El Zapotillo

2019-04-24 23:43:02

QUED� PENDIENTE. El acueducto a El Zapotillo ser�a construido por Abengoa, pero �sta ni siquiera lo comenz�. (Foto: Archivo)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la procedencia de la controversia constitucional 116/2018 contra la construcción del acueducto que iría de la Presa El Zapotillo a la ciudad de León, Guanajuato. De esta forma, comenzará el proceso para resolver sobre los derechos de vía que fueron entregados a la empresa Abengoa.

La controversia constitucional fue interpuesta por el Congreso del Estado y se negó la suspensión de la obra hídrica; sin embargo, siguen vigentes las que ya se habían concedido en los juicios de amparo promovidos por el ejido Agua de Obispo, en el municipio de San Juan de los Lagos, para que el acueducto no pasara por su territorio (1390/2018), así como la relacionada con el levantamiento de las vedas decretado por el ex presidente Enrique Peña Nieto (2090/2018).

Además de la admisión de la controversia, en la lista de resolutivos publicada ayer se señala que la Corte tiene como autoridades responsables en el juicio al Poder Ejecutivo de Jalisco y a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), además de reconocer como terceros interesados a los ayuntamientos de Cañadas de Obregón, Valle de Guadalupe, Unión de San Antonio, Lagos de Moreno y San Juan de los Lagos, en Jalisco, así como al de León, Guanajuato.

La corte ratificó que la controversia constitucional se admite sólo en lo que tiene que ver con la entrega de terrenos a la empresa  Abengoa por parte de la Conagua. De esta forma, se declara la procedencia contra “el acta de entrega-recepción inicial del derecho de vía y terrenos del 7 de octubre de 2014 celebrada por el director general del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Comisión Nacional del Agua, con el apoderado general de la empresa Concesionaria del Acueducto El Zapotillo (Abengoa)”.

También se refiere al acuerdo del ex secretario de Infraestructura y Obra Pública en el estado de Jalisco, Roberto López Dávalos, del primero de junio de 2016, “por el que se otorga permiso para ejecutar trabajos de construcción ajenos al camino, dentro del derecho de vía de la carretera estatal número 337 Cañadas de Obregón-Valle de Guadalupe”.

Al presentar esta acción legal durante la pasada legislatura, el todavía coordinador de los diputados de Movimiento Ciudadano (MC), Salvador Caro Cabrera, y el ex diputado Augusto Valencia López pretendían que se quedará sin efecto el acuerdo de distribución de agua suscrito por el ex gobernador Francisco Javier Ramírez Acuña en 2005.

Sobre este punto, la Corte ya se había negado a pronunciarse, al argumentar que el acuerdo había sido ventilado en la anterior controversia constitucional, la 93/2012, relacionada con la Presa el Zapotillo, con la cual se determinó que la altura de la cortina de esta obra podría llegar a un máximo de 80 metros.

La empresa Abengoa recibió la concesión para construir el acueducto que iría de El Zapotillo a León Guanajuato, obra que debía concluir en octubre de 2014, pero que ni siquiera comenzó.

El abogado Alejandro López Aguayo señaló que ahora la Corte deberá revisar el fondo de la controversia con todos los elementos que se han aportado.

 

Lo que resuelve la Corte

  •  Se admite la controversia constitucional sobre el acta de entrega de terreno por parte de la Conagua a la empresa Abengoa, así como de los derechos de vía cedidos por la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP) de Jalisco
  •  Se tiene como autoridades responsables al Poder Ejecutivo de Jalisco y a la Comisión Nacional del Agua
  •  Se tiene como terceros interesados a los ayuntamientos de Cañadas de Obregón, Valle de Guadalupe, Unión de San Antonio, Lagos de Moreno, San Juan de los Lagos, en Jalisco, y a León, Guanajuato.
  •  Se niega la suspensión del acueducto

Acumulan juicios

Además de la resolución de la SCJN, el abogado Alejandro López Aguayo informó que el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, dentro del incidente de acumulación 3/2018, ordenó que se incorporen en un solo expediente el juicio de amparo 1390/2014, promovido por la Asociación Ganadera Local de San Juan de los Lagos y el ejido Agua de Obispo, a los que él representa y que se ventilan en el Juzgado Séptimo de Distrito, con el juicio 197/2010, interpuesto por Rafael Gallo, del poblado de Temacapulín, quien es representado por el abogado Guadalupe Espinoza

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