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IL�CITOS. La CEDHJ acredit� que el Municipio no realiz� acciones para la prevenci�n de la desaparici�n forzada de personas y la desaparici�n cometida por particulares. Foto: Cuartoscuro
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Luego de que el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, declarara que desde la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) se advirtió al gobierno de Teuchitlán sobre el Rancho Izaguirre, la defensoría aclaró que en 2021 sí emitió una recomendación, la 104/2021, dirigida al Municipio, pero ésta fue por no generar acciones que ayudaran a prevenir la desaparición de personas.
La recomendación se emitió en abril de ese año y fue “por incumplimiento en la implementación de acciones suficientes y efectivas para la prevención de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, elaboración de protocolos de búsqueda permanentes, programas de capacitación y atención a víctimas”, describió la CEDHJ.
En esa recomendación se emitieron nueve puntos recomendatorios que tienen que ver con cambios de prácticas administrativas, así como con la implementación de políticas públicas en materia de prevención, atención y seguimiento en la agenda de personas desaparecidas. Fuera de eso, no hubo más.
Lo siguiente y que sí tiene que ver con el Rancho Izaguirre fue la apertura de una investigación de oficio el 10 de marzo de 2025 tras evidenciarse el hallazgo de Guerreros Buscadores de Jalisco. Un día después, el 11 del mes pasado, la Primera Visitaduría en conjunto con la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento visitó el predio para recabar información.
Además, apuntó que el 14 de marzo se dictaron medidas cautelares para garantizar la seguridad jurídica y personal de quienes transitaban o permanecían en el rancho, y asegurar la provisión de servicios indispensables para las actividades en el lugar.
Por último, indicó que el 24 de marzo el director general y encargado de despacho de la Quinta Visitaduría de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) notificó la atracción del caso bajo el expediente CNDH/5/2025/4858/Q.
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