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Sobre la libertad de expresión y el Estado

La evolución moderna de las sociedades en Estados representativos tiene una larga trayectoria que nos remite a épocas y contextos diversos, pero aquí quisiera enfatizar en las estructuras representativas que surgen de las ideas contenidas en la Constitución de los Estados Unidos (1787) y, posteriormente, en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), producto de la Revolución Francesa. 

En ambos modelos, que fueron totalmente reformadores del papel del Estado y del ciudadano en el Estado, se destacó un elemento esencial, la apropiación de lo público por los ciudadanos y la administración del Estado, a través de estructuras representativas, como los partidos políticos, con lo que el empoderamiento ciudadano surge como el factor que legitima la presencia misma de las estructuras de representación que se fundamenta en la apropiación pública del Estado. En ningún momento se concibió la fórmula contraria y junto con ese empoderamiento social, la libertad de expresión se constituye en un elemento articulador que tiene una doble valoración. 

En efecto, el valor de derecho humano de la libertad de expresión surge como elemento central en la apropiación pública del Estado, y seguidamente del derecho político y público del ciudadano como elemento básico que garantiza su papel público protagónico y consolida y extiende un elemento fundamental en el desarrollo del Estado, el ejercicio de la libertad como factor esencial de decisión y, con la decisión, el sostenimiento y desarrollo de la representatividad, es decir, de la democracia. 

La libertad de expresión ha sido objeto de una serie de acciones que atentan contra su sostenimiento por actores e instituciones diversos que buscan su limitación. Por una parte, los diferentes gobiernos que a lo largo de la consolidación de los Estados modernos han olvidado la fundamentación original del Estado, con ello, de la libertad de expresión, así como del papel ciudadano. No se trata de una facultad que otorgue el gobierno, es un principio de fundamentación del Estado que los gobiernos deben asumir. 

La confusión sobre el papel de la libertad de expresión tiene que ver con el hecho de que esta no es concesión del Estado. Ciudadanía y gobierno tienen líneas permanentes de tensión en la medida en que la revisión crítica de medios, periodistas y personas del funcionamiento de la administración pública, será sujeto de análisis y de observaciones: públicas, que se expresan en los medios públicos de expresión. 

El crimen organizado constituye otro sector importante de acotamiento de la libertad de expresión. En los dos casos, corresponde al Estado a través de sus gobiernos mantener el orden original de representación y de libertades. 

Los casos de Sergio Aguayo y Pedro Mellado, en los que no el gobierno sino los poderes judiciales constituyen situaciones emblemáticas del conflicto en el que la expresión pública, contenida en la Constitución de nuestro país, plantea un reto importante para el análisis de la Suprema Corte de Justicia. 

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley”, establece la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, artículo 19 de acta constitutiva. En el caso de la Constitución de nuestro país, los artículos 6 y 7. La UNESCO también, como responsable de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 

El desafío es importante y justo ahora veremos la dimensión que asuman las instituciones y los ciudadanos en este trascendente y complejo impase. 

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