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Falla CPS en interpretación

(Foto: Especial).

El Comité de Participación Social (CPS) tendrá intervención en la revisión de perfiles de los aspirantes a contralores municipales cuando los municipios excedan los cien mil habitantes, descartando lo que mencionaron en sus redes sociales, cuando interpretaron que los habían hecho a un lado en la reciente reforma de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal.

El dictamen aprobado en la sesión plenaria del 21 de julio señala que en los municipios con población menor a los cien mil habitantes, el presidente municipal propondrá al ayuntamiento una terna para elegir al titular del órgano interno de control.

Los aspirantes saldrán de una convocatoria pública para elegir al titular del órgano interno de control, la cual se debe emitir durante los primeros 15 días de iniciada la administración, según la fracción sexta del artículo del artículo 48.

Esta reforma se aprobó en la sesión del 21 de julio resultando un avance en el proceso de elección de contralores municipales, según sus promotores, los diputados Héctor Pizano, Enrique Velázquez y Quirino Velázquez.

A través de sus redes sociales, desde el 28 de julio, informaron que la “iniciativa aprobada eliminó lo más innovador y valioso para la designación de los titulares de OIC municipales; una convocatoria abierta y la participación ciudadana en las #DesignacionesPúblicas”.

Como prueba mostraron la iniciativa presentada por los legisladores y la aprobada en el pleno, pero la iniciativa que presentan como dictamen final es la propuesta que envió el gobernador que no incluye los avances enviados por el legislador.

NTR Guadalajara en su edición impresa publicó las declaraciones de la titular del CPS, Lucía Almaraz, acusando que regresaba el dedazo del Presidente municipal porque se habían quitado las evaluaciones para elegir a los contralores y la participación de los ciudadanos.

Afirmó que esto provocaba que ya no se podría elegir o evidenciar el mérito, la capacidad, la trayectoria o la integridad, sin embargo esto no es así.

Esta reforma obliga a los Ayuntamientos a contar con un titular a más tardar en seis meses posteriores al nombramiento, y la Auditoría Superior del Estado debe dar capacitación y asesoría legal a quienes lo requieran.

Lo que sí reconoció Almaraz es que se tomó en cuenta la recomendación que hicieron desde el 2018 de que todos los municipios deben contar con este Órgano Interno de Control.

JB