INICIO > OPINION
A-  | A  | A+

¿Inicio de campaña o revocación de mandato?

El controvertido tema de la consulta para conocer el interés ciudadano sobre la revocación de mandato ha experimentado diferentes tipos de discusiones con momentos distintos de controversia que, desde el año pasado, cuando se concibió por parte del Poder Ejecutivo, no ha dejado de generar polémica por no formar parte de las prioridades reales del país, y el vuelco de toda la atención se concentra en ese ejercicio cuyos resultados ya están a la vista.

La discusión sobre el tema de los recursos necesarios para la elaboración de la consulta pasó de ser un mero elemento técnico a uno de profundas implicaciones políticas. La determinación de un fondo presupuestal para ese ejercicio es similar al desarrollo de una elección federal, lo que técnicamente implica el uso de recursos para abordar adecuadamente el procedimiento. Desde la Presidencia de la República se cuestionó y denostó al Instituto Nacional Electoral (INE), órgano encargado del desarrollo de la consulta de acuerdo con las disposiciones establecidas en el artículo 35 fracción VIII de la Constitución de nuestro país.

Frente a un esquema de contrapesos de poder, el INE se vio superado por la alta y compleja tendencia simbólica presidencial en que, sin argumentaciones técnicas, como lo implicaba el tema, se fue sobre una construcción figurada de dilapidación presupuestal, pero sin ofrecer una alternativa funcional para mejorar una metodología establecida por el INE, para generar una consulta con credibilidad y veracidad, como lo requieren los procesos electorales.

En medio de esta discrepancia de organización técnica presupuestal de la consulta surgió un conflicto paralelo, la estructura de la pregunta que se incluirá en la boleta para la ciudadanía. El proyecto presidencial establece: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la presidencia de la República hasta que termine su periodo?”. En este caso, la segunda parte del proyecto de pregunta deberá resolverlo la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, el ejercicio no es, como se ha señalado en las esferas de militancia del Poder Ejecutivo y del partido en poder, de ratificación de mandato.

En efecto, el sentido del 35 constitucional es una herramienta ciudadana que tiene como objetivo que, cuando hay una desviación sustancial de la Presidencia en la conducción del país, se tenga una instancia que interrumpa el periodo presidencial, pero en ningún momento existe algo así como una consulta para la ratificación de mandato, sobre todo cuando no existe un solo elemento que cuestione el funcionamiento administrativo de la Presidencia.

Las consultas de esta naturaleza no son encuestas de opinión, sino instrumentos legales que permiten, en un escenario de profunda controversia, que la ciudadanía tenga al alcance un instrumento constitucional para expresar su visión de mandato cuando hay un agudo conflicto entre poder y ciudadanía.

Nos acercamos, pues, a nuevas controversias en este capítulo, como el hecho de que, por la veda electoral de revocación de mandato y las elecciones estatales de este año, adelantarán pensiones y becas. Por otra parte, el presidente anunció una gira nacional para sensibilizar a la ciudadanía sobre este tema. En resumen, un nuevo esquema profundo de campaña electoral con el horizonte fijo en 2024 porque, atendiendo a las encuestas de popularidad del presidente, sigue teniendo niveles superiores a 60 por ciento de aceptación, con lo que los resultados de la consulta ya están claros en el horizonte, pero la forma de enfrentar la elección de fin de periodo ya se puso en marcha.

[email protected]

jl/I