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Enojados en MC
Mejor restar
Los poderes judiciales federal y de las entidades deberán transparentar y hacer públicas todas las sentencias que emitan, de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Hoy en el Diario Oficial de la Federación se publicó la reforma a la Fracción II del Artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que indica:
“Artículo 73. Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas deberán poner a disposición del pública y actualizar la siguiente información: II. Las versiones públicas de todas las sentencias emitidas”.
El decreto entrará en vigor a los 180 días posteriores de su publicación, por lo que los poderes judiciales federal y de las entidades federativas tienen ese plazo para iniciar con la publicación de las versiones públicas del texto integro de las sentencias emitidas.
Además, el Congreso de la Unión y los congresos locales cuentan con 180 días a partir de la publicación del decreto para realizar adecuaciones a la norma correspondiente.
EH