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A pagar 19'959,464.00
Monseñor
La empresa a la que el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (Siapa) deberá pagar casi 20 millones de pesos (mdp) ni siquiera prestó algún servicio al organismo. Aunque Barba Sais & Asociados SC obtuvo un contrato tras un proceso de licitación en 2022, no fue notificada, por lo que presentó una demanda y ganó el juicio.
Desde el mes de abril del año pasado la Contraloría del Estado abrió una investigación sobre este caso, tanto en lo que se refiere a las anomalías en la licitación como en lo que podría ser una deficiente defensa, la cual estuvo a cargo del entonces director jurídico del Siapa, Alejandro Armando Ancira Espino, actualmente director jurídico del Instituto Jalisciense de la Vivienda (Ijalvi).
El Diario NTR Guadalajara dio a conocer ayer que el Siapa tendría que pagar 19 millones 959 mil 646 pesos a Barba Sais & Asociados SC, según una resolución de la Segunda Sala del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Jalisco. En respuesta, el gobernador Pablo Lemus Navarro dijo a este diario que no se entregará ese monto a los particulares y que se interpondrán todas las acciones legales necesarias para evitar el pago y sancionar a los responsables al interior del sistema.
En la sesión del 20 de diciembre pasado de la Junta de Gobierno del Siapa, el actual director del organismo, Antonio Juárez Trueba, dijo que ya no hay instancias legales a las que puedan acudir para evitar el pago; sin embargo, el gobernador aseguró que se revisará la vía de impugnación, ya que “no se permitirá el pago, pues se trata de una clara irregularidad”.
Agregó que incluso en la anterior administración del Siapa se firmó un convenio para pagar a plazos a la empresa y “también lo revocaremos”.
Según datos del expediente 381/2024, correspondiente al recurso de apelación interpuesto por Ancira Espino, del cual este diario tiene una copia, la empresa ganó la licitación SIAPA-SP-10064772-2022 para prestar el servicio de “reducción o suspensión y reconexión de flujo de agua a predios habitacionales, comerciales e industriales”; sin embargo, el contrato entre ambas partes nunca se firmó
La apelación fue interpuesta luego que en primera instancia el TJA resolviera que se debía indemnizar a la empresa “por los daños que le fueron causados al revocarse unilateralmente la adjudicación que le había sido otorgada”.
En respuesta, el ex director jurídico del Siapa indicó que la empresa fue notificada de la adjudicación y “el contrato fue elaborado en tiempo y forma e, incluso, fue puesto a la vista de la actora, quien no lo suscribió por no estar de acuerdo con las condiciones de pago del mismo, situación que es imputable únicamente a ella”. La notificación se realizó vía electrónica.
El tribunal desestimó este señalamiento de defensa con el argumento de que “no puede considerarse que la notificación realizada vía electrónica sea legal y, por ende, tenerse por válida para notificar a la actora sobre la revocación de la adjudicación realizada en el acta de la sesión ordinaria 9, celebrada (el 3 de agosto de 2022) por el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento y Contratación del Siapa”. En esa sesión, Alejandro Armando Espino informó al comité “de la negativa u omisión de suscripción del contrato por parte de la empresa”.
Los magistrados agregan en su sentencia que el Siapa debió levantar un acta formal en la que “hiciera constar que el actor no compareció en el término legal que tenía para la firma del contrato”, lo que no ocurrió.
Ricardo Daniel Ayala Flores, apoderado legal de la empresa, denunció los hechos, lo que motivó una investigación de la Contraloría del Estado por las “presuntas responsabilidades administrativas” en que habían incurrido funcionarios del Siapa.
jl/I