La tipificación de la violencia vicaria como delito autónomo en Jalisco dio un paso decisivo luego de que la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género aprobara el dictamen que reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil y el Código Penal para reconocer y sancionar esta forma de agresión basada en el uso de hijas e hijos o personas allegadas para dañar a las mujeres. Ahora pasará al pleno para su discusión y votación definitiva.
El documento aprobado reconoce que la legislación estatal vigente presenta vacíos que han dificultado la atención y protección integral de mujeres, niñas y niños víctimas de este tipo de violencia. Por ello, la propuesta reformula su definición, incorpora nuevas conductas y establece mecanismos de protección reforzados en concordancia con criterios federales, tratados internacionales y demandas de colectivas de madres afectadas.
La reforma sustituye el concepto “violencia a través de interpósita persona” por violencia vicaria y precisa que se trata de una violencia de género ejercida por ex parejas o parejas de las mujeres que utilizan a hijas e hijos, personas allegadas, seres sintientes o bienes para dañarlas emocional, psicológica o patrimonialmente.
Además, amplía el catálogo de conductas que la configuran, incluyendo amenazas, sustracción de menores, manipulación legal, restricción del vínculo materno-filial y uso indebido de procesos judiciales para castigar o controlar a la madre.
En materia civil se mantiene la prohibición expresa del ejercicio de esta violencia y se establece que deberá ser considerada en decisiones relativas a guarda, custodia y patria potestad para proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
El dictamen añade un nuevo capítulo al Código Penal para tipificar la violencia vicaria como delito independiente. En éste se detallan los supuestos que la configuran y se establecen sanciones de cuatro a ocho años de prisión, además de 100 a 500 jornadas de trabajo comunitario no conmutables. Asimismo, en caso de acreditarse la conducta, se prevé la revocación provisional o definitiva de la patria potestad de las hijas e hijos afectados.
La propuesta también contempla el delito de violencia vicaria equiparada para personas del entorno familiar del agresor que contribuyan a ejercerla, cerrando así vacíos que podrían permitir la participación de terceros.
Tras su aprobación en comisiones, el dictamen queda listo para ser votado en el pleno. En caso de ser avalado, las reformas se publicarán en el periódico oficial del estado y entrarán en vigor al día siguiente.
Cómo quedó
El dictamen avalado define a la violencia vicaria como una violencia de género ejercida por ex parejas o parejas de las mujeres que usan a hijas e hijos, personas allegadas, seres sintientes o bienes para dañarlas emocional, psicológica o patrimonialmente.
jl-jl/I










