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SCJN avala extinción de 109 fideicomisos decretada en el sexenio de López Obrador

SCJN avala extinción de 109 fideicomisos decretada en el sexenio de López Obrador

Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la desaparición de 109 fondos y fideicomisos públicos decretada en noviembre de 2020 durante el gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al resolver ocho controversias constitucionales presentadas por los gobiernos de Michoacán, Tamaulipas, Chihuahua, Guanajuato, Aguascalientes, Coahuila, Nuevo León y Jalisco, el pleno del máximo tribunal concluyó que la extinción de dichos instrumentos no invadió competencias de las entidades federativas ni transgredió el principio de división de poderes o el federalismo.

La resolución se alcanzó tras una serie de observaciones formuladas a los proyectos de sentencia presentados por el ministro Arístides Guerrero, quien cuestionó la actuación de integraciones anteriores de la Corte por la demora en la resolución de estos asuntos. “Fueron cuatro años en los que se cerró la instrucción y no se presentó una propuesta de sentencia”, afirmó durante la sesión, al exponer una línea de tiempo del caso.

Guerrero recordó que previamente existieron proyectos elaborados por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena con un sentido similar, aunque estos no llegaron a votarse en su momento.

Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel respaldó los proyectos en lo general, pero se pronunció en contra de la desaparición del Fondo de Atención a Víctimas, al considerar que se trató de una decisión “regresiva” del Congreso federal que afectó a personas que han sufrido delitos o violaciones a derechos humanos.

Por su parte, la ministra Lenia Batres señaló que la Auditoría Superior de la Federación detectó al menos nueve deficiencias en la operación de los fondos y fideicomisos, entre ellas la falta de controles de vigilancia, el manejo discrecional de recursos y una limitada rendición de cuentas. “Es irrefutable que fueron utilizados para evitar la transparencia del ejercicio de los recursos de la nación”, sostuvo.

El ministro Giovanni Figueroa consideró que las controversias debieron sobreseerse, al estimar que no existía una afectación, ni siquiera potencial, a las atribuciones constitucionales de los estados. Asimismo, indicó que el decreto pudo impugnarse mediante otros mecanismos, como la acción de inconstitucionalidad.

La SCJN aún tiene pendiente resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra la misma medida, cuyo proyecto también será presentado por el ministro Arístides Guerrero.

GR