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Avala SCJN resguardo domiciliario como medida cautelar

(Foto: Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el resguardo domiciliario como medida cautelar hacia un imputado, en una dividida votación.

Con seis votos a favor y cinco en contra, el pleno validó la medida que contempla el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

De acuerdo con el ministro Luis María Aguilar, el resguardo domiciliario es una medida constitucional, con temporalidad y que no se equipara a otras figuras como la prisión preventiva o el arraigo.

El pleno aseguró que los argumentos presentados contra la figura por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos son infundados y carecen de sustento, pues el resguardo se entiende como medida alternativa y menos gravosa que la prisión preventiva, que se prevé en el artículo 19 de la constitución.

El nuevo sistema de Justicia Penal considera al resguardo domiciliario como una medida cautelar para personas vinculadas a proceso por la comisión de un delito.

FV