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Reforma electoral ahora sí es aprobada

Reforma electoral ahora sí es aprobada

Tras un primer intento fallido en el que no alcanzó la mayoría calificada, la reciente reforma electoral federal fue aprobada en el pleno del Congreso de Jalisco con 33 votos a favor. El proyecto incorpora disposiciones sobre transparencia de candidaturas, igualdad sustantiva, reducción de regidurías y un tope presupuestal para el Congreso del Estado.

Entre los principales cambios destaca la obligación de que quienes aspiren a cargos de elección popular presenten información patrimonial, fiscal, de intereses, jurídica, administrativa, médica y de confianza pública en versiones públicas y verificables con el objetivo de fortalecer la transparencia y garantizar el voto informado.

El dictamen también incorpora los principios de igualdad sustantiva y perspectiva de género en la postulación de candidaturas a diputaciones y ayuntamientos, además de establecer que los partidos políticos deberán garantizar la paridad y el ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres libres de violencia.

La reforma armoniza la Constitución estatal con disposiciones federales, entre ellas la integración de los ayuntamientos con una presidencia municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, modificando el esquema actual de representación municipal.

Otro de los apartados establece que la legislación secundaria deberá impulsar la representación político-electoral de personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad, bajo principios de equidad y no discriminación, con el objetivo de ampliar su acceso a cargos de representación popular.

En materia presupuestal establece un tope al gasto del Poder Legislativo al fijar que el presupuesto anual del Congreso no podrá exceder el 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado, con posibilidad de actualización conforme a la inflación anual prevista en los criterios generales de política económica.

La propuesta también incorpora medidas de austeridad, entre ellas la prohibición de destinar recursos públicos a seguros de gastos médicos mayores, seguros de vida privados, pensiones especiales, seguros de separación individualizada, cajas de ahorro exclusivas, regímenes especiales de retiro y otras prestaciones no previstas en la normatividad aplicable.

 

jl/I

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