Dan luz verde en comisión a la actualización de la Ley de Fiscalización para evitar vacíos legales en los procesos de auditoría; además, resuelven modificaciones a decreto previo para acatar una sentencia del Tribunal de Justicia Administrativa relacionada con la cuenta pública 2017 del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL).
La Comisión de Vigilancia y Sistema Anticorrupción del Congreso de Jalisco avaló una reforma a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Jalisco y sus Municipios, buscando evitar vacíos legales en los procesos de auditoría y fortalecer la seguridad jurídica en su aplicación.
Con este ajuste, los procedimientos de fiscalización contarán con reglas supletorias actualizadas, lo que permitiría dar mayor certeza en la conducción de auditorías, así como en la substanciación de procedimientos derivados de la revisión del gasto público.
Contempla la incorporación de medios tecnológicos, el desahogo de pruebas digitales y la posibilidad de realizar actuaciones a distancia, en concordancia con la evolución del sistema de justicia.
En el segundo asunto, la comisión aprobó modificaciones a un decreto previo para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, relacionada con la revisión de la cuenta pública 2017 del IPEJAL.
El caso deriva de observaciones financieras por un monto total de 495 millones 812 mil 747.50 pesos, en las que fueron señalados diversos servidores públicos por presuntas responsabilidades administrativas.
Sin embargo, tras un juicio de nulidad ante el Tribunal, se determinó la nulidad lisa y llana de los actos impugnados únicamente respecto de uno de los exservidores públicos, al no acreditarse de forma suficiente su responsabilidad en los hechos observados.
La resolución judicial concluyó que no existió debida fundamentación ni motivación en la determinación de responsabilidad, lo que vulneró el artículo 16 constitucional y dejó al promovente en estado de indefensión.
En consecuencia, el Tribunal ordenó ajustar los efectos del decreto únicamente respecto de su persona, sin modificar el resto de las observaciones ni las responsabilidades de otros servidores públicos, las cuales permanecen firmes.
El dictamen aprobado da cumplimiento a la resolución, por lo que se modifica el Decreto 28322/LXII/21 solo para excluir al ciudadano señalado en las observaciones 11 y 12.
Asimismo, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Jalisco a realizar las acciones necesarias para cumplir la sentencia y notificar al Tribunal de Justicia Administrativa.
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