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Descarado
El voto despojando afores
En los procesos de divorcio, las mujeres y los hombres que se dedicaron a labores domésticas no remuneradas podrán reclamar una pensión compensatoria a su ex pareja.
Aunque recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en ese sentido, la iniciativa en la materia aceleraría los procesos, anotó la diputada federal por Jalisco Mirza Flores.
“La proporción tiene que ver con cuál es el sueldo del cónyuge, las edades, cuánto tiempo estuvieron casados sin que una de las partes estuviera produciendo económicamente un ingreso. Entonces tiene que ser proporcional”.
El juez sería el encargado de definir los tiempos de la pensión compensatoria, así como el monto. “La proporcionalidad incluso se hace en materia laboral, así como se hace con un trabajador que despiden. No es la misma indemnización por un año que por 25 de trabajo. Igual se puede tomar en consideración, en términos laborales y se puede equipar a materia familiar”, indicó la legisladora del partido Movimiento Ciudadano (MC).
Para que una persona que se dedicó al trabajo doméstico no remunerado reciba parte de los recursos que el otro cónyuge produjo, falta que pase también por el Senado de la República la iniciativa que fue presentada el año pasado y avalada en la Cámara de Diputados en el marco del Día Internacional de la Mujer.
“La iniciativa de pensión compensatoria va al Senado, pero las personas ya pueden pedirla (en los trámites de divorcio) porque la Suprema Corte ya determinó el criterio que debe tener”.
Aunque existe ya el criterio del máximo tribunal del país, “es importante que se haga en la ley y en la ley se establezca” a fin de evitar trámites o procesos cansados para la ex pareja que alega la pensión.
La reforma avalada en la Cámara baja fue al Código Civil federal, en el artículo 302. Aplicaría tanto para mujeres como para hombres.
El 5 de marzo, la Primera Sala de la SCJN estableció además que acceder a la compensación en procesos de divorcio no es exclusivo para quienes se dedicaron a las labores domésticas no remuneradas.
Quienes laboran y se dedican al hogar cumplen labores extras, “no reconocer esta situación invisibiliza el valor del trabajo doméstico y las dificultades de tener una doble jornada”.
En el fallo del magistrado Arturo Zaldívar se estableció que la compensación “procede cuando quien la pide demuestre que se dedicó al hogar y que esto le generó algún costo de oportunidad en su desarrollo profesional, aun cuando la persona sí trabajó fuera de casa”.
El caso en la SCJN corresponde a una mujer que tras 40 años de matrimonio se divorció y exigía reparto de bienes en partes iguales, pues ella trabajaba y cuidaba a sus tres hijos; en ese tenor las cuentas de él era muy por encima de las suyas y éste se negaba a repartir por mitad, lo que capitalizó en el tiempo que estuvieron juntos.
La situación no ha creado jurisprudencia porque requiere sumar tres iguales. Aunque es un precedente, la diputada federal opinó que es importante que quede claramente establecido en la legislación.
JJ/I