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El secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño, aseguró que la actuación de la Guardia Nacional en Minatitlán y otros municipios del país es Constitucional, ya que no se requiere la ley secundaria para que ésta realice operaciones.
El funcionario federal explicó que los transitorios de la reforma establecen que los elementos de Policía Federal, Naval y Militar, que conformen dicho cuerpo, tendrán las atribuciones de la Ley de Policía Federal en tanto se emite la ley secundaria.
Además, con base en el segundo transitorio de la reforma del 26 marzo, no se requiere de la ley secundaria para que la Guardia Nacional empiece a actuar.
“Esta se constituye con elementos de Policía Federal, Naval y Militar que asumen las atribuciones establecidas en la Ley de PF”, escribió el secretario, en su cuenta de Twitter, @AlfonsoDurazo.
La actuación de la Guardia Nacional en Minatitlán y otros municipios es constitucional. Los transitorios de la reforma establecen que los elementos de Policía Federal, Naval y Militar que la conformen tendrán las atribuciones de la Ley de PF en tanto se emite la ley secundaria. — Alfonso Durazo (@AlfonsoDurazo) April 27, 2019
La actuación de la Guardia Nacional en Minatitlán y otros municipios es constitucional. Los transitorios de la reforma establecen que los elementos de Policía Federal, Naval y Militar que la conformen tendrán las atribuciones de la Ley de PF en tanto se emite la ley secundaria.
Con base en el segundo transitorio de la reforma del 26 marzo, no se requiere de la ley secundaria para que la Guardia Nacional empiece a actuar. Esta se constituye con elementos de Policía Federal, Naval y Militar que asumen las atribuciones establecidas en la Ley de PF. — Alfonso Durazo (@AlfonsoDurazo) April 27, 2019
Con base en el segundo transitorio de la reforma del 26 marzo, no se requiere de la ley secundaria para que la Guardia Nacional empiece a actuar. Esta se constituye con elementos de Policía Federal, Naval y Militar que asumen las atribuciones establecidas en la Ley de PF.
EH