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Cobro a morosos quedará en manos de particulares

(SIN LICITAR. El acuerdo avalado en el Municipio indica que la Tesorería podrá adjudicar el servicio vía adjudicación directa. Foto: Archivo NTR)

Mientras la discusión entre las autoridades del Ayuntamiento de Guadalajara y la oposición se centra en el arrendamiento de patrullas, en la capital del estado se busca entregar a la iniciativa privada otra de las atribuciones del Municipio: el cobro de la cartera vencida. 

El 19 de enero, el presidente municipal, Pablo Lemus Navarro, emitió un acuerdo para autorizar a la Tesorería municipal que se adjudique directamente un contrato con alguna empresa o persona física para que cobre a los tapatíos morosos los impuestos que no han pagado. 

El documento, del que este diario tiene una copia, está firmado por el propio Pablo Lemus y el secretario general del Ayuntamiento de Guadalajara, Eduardo Fabián Martínez Lomelí, y fue aprobado en la sesión de ayuntamiento del 18 de enero “con dispensa de trámite”, es decir, sin cumplir todos los tiempos que marca el proceso legislativo municipal. 

El objeto del acuerdo es “autorizar la contratación de una o más personas físicas y/o jurídicas para la prestación del servicio de planeación, seguimiento, estrategia, logística y jurídica en los requerimientos e instauración del procedimiento administrativo de ejecución”. 

El segundo punto del documento indica que su fin es la “recuperación del pago de diversos contribuyentes morosos, para que, en representación auxiliar del gobierno municipal, ejecuten acciones, programas y proyectos de notificación, persuasión e instauración del procedimiento administrativo de ejecución para la recuperación del pago de las obligaciones fiscales de diversos contribuyentes”. 

En el mismo acuerdo se instruye a la Tesorería para que la contratación no sea vía licitación, sino adjudicación directa, al señalar que el proceso debe ser “conforme al artículo 59 numeral 3 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Guadalajara”. 

El artículo 59 de dicho reglamento habla de los casos en que se pueden llevar a cabo adjudicaciones directas, mientras que el numeral tres señala que éstas deben ser autorizadas “por el Comité o por el titular del gobierno municipal de Guadalajara cuando por su naturaleza o urgencia así se requiera”. 

En el decreto se menciona además que la Tesorería deberá presentar al pleno del ayuntamiento un informe bimestral “que deberá contener de manera enunciativa, más no limitativa, el número de cuentas en mora recuperadas o cobradas, los números de cuenta y elementos que permitan su identificación y el monto de la recaudación lograda con dichos cobros”. 

Sobre la información que quedará en manos de particulares, simplemente señala que se deberá realizar “un manejo profesional y guardar la confidencialidad de los datos personales en términos de la normatividad aplicable”. 

jl/I