La reforma para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales avanzó este martes tras su aprobación en el Pleno de la Cámara de Diputados, con 469 votos a favor en lo general y 411 a favor y 58 en contra en lo particular, luego de la presentación de reservas.
Con este aval, el dictamen, que ya fue aprobado previamente por el Senado de la República, deberá ser discutido y votado por los congresos locales. Para que la reforma constitucional entre en vigor, se requiere la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales y posteriormente su promulgación por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Un día de descanso garantizado
El texto aprobado mantiene que por cada seis días de trabajo las personas deberán gozar de, al menos, un día de descanso con salario íntegro. Este punto concentró parte del debate, ya que legisladores de oposición propusieron que se estableciera explícitamente un esquema de cinco días laborales por dos de descanso; sin embargo, esa modificación no prosperó.
Desde el oficialismo, se defendió la aplicación gradual de la reforma para evitar afectaciones en salarios y permitir ajustes sectoriales. En contraste, el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano respaldaron la reducción, pero calificaron como insuficiente el esquema aprobado y señalaron que su implementación total hasta 2030 podría resultar un “engaño” para los trabajadores.
Aplicación escalonada hasta 2030
El régimen transitorio establece una reducción progresiva de la jornada laboral:
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2026: se mantienen 48 horas semanales.
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2027: 46 horas.
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2028: 44 horas.
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2029: 42 horas.
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2030: 40 horas semanales.
El dictamen precisa que la reducción no implicará disminución de sueldos, salarios o prestaciones.
El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, defendió la gradualidad del cambio y adelantó que se trabaja en un sistema electrónico para supervisar el cumplimiento de la nueva norma una vez que entre en vigor.
Pago de horas extra
La propuesta también establece que las horas extraordinarias deberán pagarse con un 100 por ciento adicional sobre el salario correspondiente y no podrán exceder 12 horas semanales, distribuidas hasta en cuatro horas diarias en un máximo de cuatro días.
En caso de rebasar ese límite, el empleador deberá cubrir un 200 por ciento adicional. Asimismo, se prohíbe que menores de 18 años realicen trabajo extraordinario.
GR









