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Jueza federal ordena detener construcción en Mirador de San Isidro

Jueza federal ordena detener construcción en Mirador de San Isidro

Una jueza federal otorgó una suspensión provisional en favor de vecinos de Mirador de San Isidro quienes interpusieron un amparo para frenar la construcción del desarrollo inmobiliario Legado Jalisco en su colonia.

La suspensión, con efecto inmediato, ordena que “las cosas se mantengan, en lo estrictamente necesario, en el estado material que actualmente guardan”.

Y precisa dos puntos que deben acatar las autoridades correspondientes. En el primero, ordena a las autoridades que pretenden construir las 10 torres con 200 departamentos en la zona, que se abstengan de ejecutar, ordenar, autorizar, materializar, permitir o consentir que continúen los trabajos de movimiento de tierras, remoción de vegetación, excavación o alteración del terreno de 12.8 hectáreas ubicado en la avenida Valle de San Isidro en la colonia Mirador de San Isidro, Zapopan.

En un segundo punto, ordena a las áreas de inspección y vigilancia que corresponda que acudan al predio para verificar que los trabajos pararon en su totalidad.

También precisa que el terreno debe mantenerse en las condiciones actuales hasta que se resuelva sobre una suspensión definitiva.

El amparo fue promovido en contra del decreto publicado en el periódico oficial El Estado de Jalisco sobre el programa Legado, se especificó que el gobierno de Jalisco fue omiso en generar una consulta pública de manera previa y tampoco se socializó el proyecto.

A la Coordinación General de Gestión del Territorio se le señala de ser omisa en realizar y exigir los estudios de impacto hidrológico o ambiental; a la Secretaría de Hacienda y a la de Administración por formalizar la donación del predio; al instituto Jalisciense de la Vivienda (Ijalvi) por recibir el predio en donación y comenzar los trabajos.

También hay señalamientos puntuales a la Secretaría General de Gobierno, el Registro Público de la Propiedad, el Congreso del Estado, el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (Siapa) y diversas áreas del gobierno municipal de Zapopan.

La jueza, para otorgar la suspensión provisional, justificó el interés jurídico de los quejosos sobre el predio, dado que a pesar de no ser un lote privado, consideró que su intervención sí afecta directamente a las personas dado que viven en la colindancia del terreno.

Con esta determinación, el Ijalvi deberá frenar de manera inmediata la intervención en el predio, mientras que el gobierno municipal de Zapopan deberá garantizar que se cumpla la disposición.

 

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