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Jueces nuevos renunciando
Porque nos la quitaron
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) impugnó la reforma que aprobó el Congreso del Estado en la que establece nuevos mecanismos para destituir a los integrantes del Comité de Participación Social (CPS) del Sistema Anticorrupción del Estado (SAE). El organismo presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que quedó bajo el número de expediente 178/2021.
El escrito, firmado por la titular de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibarra, cuestiona los cambios que se hicieron a la Ley del Sistema Anticorrupción local publicados en el periódico oficial El Estado de Jalisco el 6 de noviembre del año pasado. La notificación fue recibida ayer formalmente por el Poder Legislativo.
En la reforma se establece que “los miembros del Comité de Participación Social podrán ser removidos de su función por la falta de probidad, notoria negligencia o indebido desempeño de sus atribuciones, o bien, cuando desempeñen un cargo, empleo o comisión incompatible, en términos de la ley aplicable o que genere un posible conflicto de interés”.
Con esas disposiciones, a juicio de la CNDH, los diputados de Jalisco vulneran el derecho humano de seguridad jurídica y de principio de legalidad, ya que las causales de remoción no son compatibles con las que prevé la Ley General del Sistema Anticorrupción, “la cual constituye el ordenamiento marco en dicha materia, pues por mandato constitucional los sistemas anticorrupción de las entidades federativas deben conformarse de acuerdo con las leyes generales aplicables”.
Recuerda que en la legislación general, de alcance nacional, lo integrantes del Comité de Participación Ciudadana sólo pueden ser removidos por “alguna de las causas establecidas en la normatividad relativa a los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves”. La legislación local, agrega, sólo puede apegarse a esos preceptos.
Para la CNDH, los legisladores jaliscienses se excedieron en sus funciones, pues sólo pueden armonizar la legislación en materia anticorrupción con lo establecido en la ley federal.
jl/I