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¿Por qué Broxel?

Por alguna razón que todavía no alcanzo a comprender, el gobierno del estado se ha empeñado en arropar a la empresa Broxel, proveedora de servicios financieros que operará el mecanismo mediante el cual las y los jaliscienses accederán al subsidio de transporte público.

El contrato, publicado apenas el viernes pasado, meses después del proceso de licitación realizado en octubre, permite leer con detenimiento cláusulas que no estaban claramente advertidas en las bases originales y que, en un arranque de sensatez administrativa, deberían encender focos de alerta.

Más aún si se trata de una empresa con señalamientos ante la Condusef por quejas de usuarios y que, aun así, se perfila para obtener uno de los contratos más jugosos del sexenio: 5 pesos con 45 centavos mensuales por cada persona con tarjeta activa. Traducido a números redondos, hablamos de alrededor de 27 millones de pesos anuales por el servicio financiero.

El contrato establece que la Secretaría de Administración puede rescindirlo de manera administrativa y sin necesidad de resolución judicial cuando el proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones. Entre las causales se encuentran fallas técnicas, interrupciones recurrentes, deficiencias en la plataforma o la incapacidad de garantizar la disponibilidad mínima del sistema. No es un asunto menor si se considera que este servicio será la columna vertebral del subsidio.

Llama la atención que Broxel no camine solo. Ha sido arropado por TISA mediante un segundo contrato por 57 millones de pesos para operar el proceso de credencialización, con la ambiciosa meta de entregar 25 mil tarjetas diarias para alcanzar, de aquí a abril, los 5 millones de usuarios. La pregunta es inevitable: ¿es viable ese ritmo sin errores, rezagos o fallas?

Otra causal de cancelación es la entrega de información falsa, incompleta o engañosa durante el proceso de contratación o ejecución del servicio. El contrato es claro: de detectarse inconsistencias sobre la capacidad técnica, financiera o legal del proveedor, la rescisión puede ser inmediata. No sería la primera vez que Broxel enfrenta observaciones de este tipo; la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ya ha señalado omisiones similares en otros contextos.

El documento también prevé la cancelación si el proveedor subcontrata servicios sin autorización, modifica procesos sin aval oficial o utiliza infraestructura distinta a la validada. Aquí surge una duda incómoda: si TISA realiza el registro y la credencialización, ¿estamos frente a una subcontratación de facto que debería ser explicada con mayor claridad?

En el plano financiero, el contrato faculta al Estado a cancelar la Tarjeta Única si hay errores en la apertura de cuentas, en la dispersión de recursos o si se generan afectaciones económicas a las personas beneficiarias. Y aquí vale subrayarlo: no es lo mismo dispersar vales de despensa que incorporar a millones de personas al sistema financiero formal, con comisiones excesivas o confusas.

También es causa grave de rescisión cualquier vulneración a la seguridad de la información o uso indebido de datos personales. En un contexto electoral, la pregunta es obligada: ¿quién garantiza que esos datos no tendrán otros usos?

Sigo buscando más elementos. Todo indica que detrás de este contrato hay más capas por descubrir. Si usted tiene información que apoye o refute esta hipótesis: escríbame, será bienvenida.

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NH/I