Aunque la iniciativa original buscaba obligar a transportistas a informar sobre reembolsos, retrasos y mecanismos de denuncia, la Comisión de Movilidad y Transporte del Congreso local determinó que gran parte de una propuesta en la materia estaba fuera de las facultades, por lo que el dictamen aprobado se limitó únicamente a garantizar en la ley el derecho de las personas usuarias a conocer sus derechos y garantías de manera clara y accesible.
La comisión aprobó una reforma a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado que reconoce el derecho de las personas usuarias a recibir información clara sobre sus garantías al utilizar el servicio público.
La iniciativa surgió a partir de problemáticas recurrentes reportadas por usuarios, como retrasos, cancelaciones, sobreventa de boletos y negativas de reembolso, además de la falta de información para presentar quejas o exigir compensaciones.
En su versión original la propuesta planteaba medidas más amplias para empresas de autobuses foráneos y suburbanos, incluyendo la obligación de imprimir derechos básicos en boletos físicos o digitales, responder inconformidades en un máximo de 24 horas y colocar información visible en terminales y taquillas.
Pero durante el análisis legislativo la comisión determinó reducir el alcance de la reforma al considerar que el transporte foráneo es una facultad federal y no estatal. Además, los diputados argumentaron que incluir detalles operativos específicos dentro de la ley podría volver obsoleta la regulación frente a herramientas digitales como aplicaciones móviles o códigos QR.
Por ello el dictamen aprobado únicamente modifica el artículo 44 para establecer que las personas usuarias del transporte público tendrán derecho a conocer sus garantías “de manera clara, legible y accesible” mediante los mecanismos que posteriormente serán definidos en el reglamento.
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