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Extienden ‘ley Olimpia’ a contenidos con IA

Extienden ‘ley Olimpia’ a contenidos con IA

Los contenidos sexuales creados íntegramente mediante inteligencia artificial (IA) y difundidos sin el consentimiento de la persona representada serán considerados delito en Jalisco luego de que el Congreso del Estado aprobara una reforma al Código Penal de Jalisco para ampliar los alcances de la ‘ley Olimpia’ y atender nuevas modalidades de violencia digital asociadas al uso de tecnologías emergentes.

La modificación al artículo 176-Bis.3 del Código Penal estatal incorpora de manera expresa los llamados ‘deepfakes’ sexuales, es decir, imágenes, videos o representaciones de carácter íntimo generados mediante inteligencia artificial que utilizan la apariencia de una persona sin su autorización. Con ello, quienes incurran en estas conductas podrán enfrentar penas de uno a ocho años de prisión, además de sanciones económicas.

Aunque la ‘ley Olimpia’ ya contemplaba castigos para la difusión de imágenes íntimas reales, manipuladas o alteradas sin consentimiento, no existía una referencia específica a los materiales generados desde cero por sistemas de inteligencia artificial.

Los legisladores señalaron que este tipo de contenidos representan una nueva forma de violencia digital que vulnera la dignidad, la intimidad, la privacidad y la imagen de las personas afectadas. Además, advirtieron que las consecuencias pueden incluir daños psicológicos, afectaciones emocionales, hostigamiento público e incluso intentos de extorsión mediante amenazas de difusión masiva.

El dictamen también destaca que las mujeres son las principales víctimas de esta modalidad de agresión digital, por lo que la reforma incorpora una perspectiva de protección frente a la violencia de género ejercida a través de herramientas tecnológicas.

El diputado promovente de la reforma y coordinador legislativo de Hagamos, Tonatiuh Bravo Padilla, sostuvo que la actualización legal responde a la necesidad de que el marco jurídico avance al mismo ritmo que las nuevas tecnologías y garantice mecanismos efectivos de protección para las víctimas de violencia digital.

La ‘ley Olimpia’ original fue impulsada por Olimpia Coral Melo, joven de Huauchinango, Puebla, que sufrió violencia digital por parte de una ex pareja. Como entonces el delito no estaba tipificado, la mujer comenzó una lucha hasta que quedó establecido en su estado y en otros del país.

Cárcel

Quienes generen contenidos sexuales mediante IA y los difundan sin el consentimiento de la persona representada podrán enfrentar penas de uno a ocho años de prisión.

jl/I

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