El Instituto Nacional Electoral (INE) estableció nuevas reglas para el comportamiento de sus servidores públicos en redes sociales, con el objetivo de preservar la neutralidad, imparcialidad e integridad de la institución.
La Junta General Ejecutiva aprobó un nuevo Código de Ética, publicado en el Diario Oficial de la Federación, que sustituye al documento vigente desde 2019. Entre sus disposiciones se establece que los funcionarios deberán abstenerse de emitir expresiones o difundir contenidos, incluso desde sus cuentas personales, que puedan comprometer la neutralidad o imparcialidad del INE, afectar su imagen institucional o generar la apariencia de un conflicto de interés.
El documento también señala que las decisiones de los servidores públicos no deberán estar influenciadas por prejuicios personales, ideológicos, sociales o culturales.
Asimismo, establece la obligación de denunciar actos de corrupción, acoso, hostigamiento, discriminación, vandalismo o cualquier conducta que afecte el servicio público o el patrimonio institucional.
El nuevo código contempla restricciones para aceptar regalos, dádivas, beneficios o estímulos que pudieran influir, o aparentar influir, en el desempeño de sus funciones o en la toma de decisiones.
También establece obligaciones relacionadas con el manejo responsable de recursos públicos y la protección de información institucional. Los funcionarios no podrán ocultar, alterar o eliminar documentación pública ni declarar su inexistencia sin realizar previamente una búsqueda exhaustiva en los archivos bajo su responsabilidad.
En caso de detectar posibles incumplimientos, podrán iniciarse procedimientos laborales sancionadores o de responsabilidades administrativas. El Comité de Ética tendrá funciones de orientación e interpretación del código, mientras que el Órgano Interno de Control será la autoridad encargada de conocer las posibles infracciones.
El INE justificó las nuevas disposiciones al señalar que la confianza pública en el organismo no depende únicamente de las decisiones de sus órganos superiores, sino también de la actuación cotidiana de cada persona servidora pública.
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