La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por unanimidad el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que permitía a los consejos distritales determinar si contabilizaban las boletas sin marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”.
Los magistrados determinaron que los votos contenidos en este tipo de boletas deben considerarse inválidos, debido a que una papeleta sin dobleces no acredita que haya sido depositada en la urna conforme al procedimiento establecido.
Durante la sesión de este miércoles 7 de octubre, el magistrado Felipe de la Mata señaló que una boleta sin dobleces no puede considerarse un voto válido, pues resulta imposible que haya ingresado a la urna en esas condiciones.
La Sala Superior estableció que, durante el escrutinio ordinario, las mesas directivas de casilla deberán identificar las boletas sin dobleces y declarar la invalidez del sufragio. La anomalía deberá quedar asentada en la hoja de incidentes y las boletas tendrán que mantenerse separadas del resto de la votación.
El Tribunal también fijó una regla para los recuentos realizados por los consejos distritales. En estos casos, los funcionarios deberán verificar que las boletas carezcan de dobleces y declarar inválidos los sufragios, sin incorporarlos a los resultados de la casilla.
La resolución derivó de los recursos de apelación que presentaron PAN, PRI, Movimiento Ciudadano (MC), SOMOS y PAZ, quienes impugnaron los lineamientos para los cómputos distritales aprobados por el INE en septiembre.
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