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Y resolver Magistraturas
A creerle
En aproximadamente 30 países de África, Oriente Medio y Asia se practica cotidianamente una injusta y aberrante medida violatoria de los derechos y la dignidad de las niñas: la mutilación genital femenina, consistente en la escisión total o parcial de los órganos genitales femeninos o cualquier otra lesión de los mismos por motivos no médicos.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) estima que más de 200 millones de mujeres y niñas vivas actualmente han sido objeto de la mutilación genital femenina y que cada año más de 3 millones de niñas corren el riesgo de sufrirla.
¿Por qué se practica esta medida? Existen varias interpretaciones, pero una de las más pertinentes es que “se considera una conducta sexual aceptable y tiene por objetivo asegurar la virginidad antes del matrimonio y la fidelidad después de él. En muchas comunidades existe la convicción de que reduce la libido de la mujer y la ayuda así a resistir la tentación de relaciones extraconyugales”.
Si esa situación es indignante e insostenible, en diversas comunidades indígenas de los estados de Guerrero, Oaxaca y Chiapas también cotidianamente se practica otra medida igualmente violatoria de los derechos y la dignidad de las niñas: la práctica de vender a niñas a partir de los 9 años para casarse por cantidades que van de los 20 mil a los 200 mil pesos, ganado, cartones de cerveza o costales de frijol o maíz.
Así inicia una injusta historia de esclavitud en la vida de las niñas, en la que el trabajo doméstico y/o agrícola forzado, las agresiones sexuales de “los maridos” o de algunos de sus familiares y la violencia física, psicológica y verbal van a prevalecer probablemente hasta que mueran.
Si bien el artículo segundo constitucional señala que se “reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural”, estas prácticas violan múltiples artículos constitucionales, entre ellos el primero, el cual prohíbe la esclavitud; el tercero, que garantiza para las niñas la educación, y el cuarto, el cual garantiza la equidad de género y múltiples ordenamientos de instrumentos jurídicos nacionales e internacionales que garantizan el libre desarrollo de la personalidad.
Las autoridades federales y estatales no tienen excusa para no erradicar esta ilegal e inhumana practica en contra de las niñas y mujeres, y las y los ciudadanos no podemos seguir siendo testigos mudos.
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jl/I