En mayo de 2025, un comunicado del Comité de Análisis Universitario en materia de Desaparición de Personas de la Universidad de Guadalajara alertaba sobre un alarmante incremento de las desapariciones en nuestro estado entre los más jóvenes, indicando que la composición por edad cambió y este grupo pasó de ocupar un lugar secundario a convertirse en el más afectado, con un aumento significativo de casos que no logran ser localizados.
El comunicado subrayaba que esa tendencia era resultado de prácticas sistemáticas de reclutamiento forzado mediante engaños con supuestas ofertas de empleo, aunado a la emisión tardía de las fichas de búsqueda o ausencia total, dilación en las investigaciones y falta de estrategias de prevención eficaces para evitar que continúen las desapariciones. De igual manera, colectivos de familiares que buscan a sus desaparecidos y periodistas de diversos medios de comunicación alertaban de puntos clave de reclutamiento, destacando de manera particular la terminal de autobuses de Tlaquepaque.
Recientemente, tres adolescentes originarios de Jalisco, quienes contaban con fichas de búsqueda activas y lograron huir de lo que sería un centro de reclutamiento forzado en Sinaloa, ilustra con claridad ese patrón. El modus operandi ya se ha identificado con claridad y se ratifica con la información de la Fiscalía de Jalisco sobre el caso, pues en los avances de investigación difundidos indicaron que uno de los adolescentes fue contactado mediante anuncios en redes sociales donde se ofrecían supuestos empleos con ingresos elevados y sin requisitos. Los otros dos fueron invitados por una persona que conocían.
Ante la desaparición de una persona menor de edad, las autoridades deben activar de inmediato la búsqueda, abrir carpeta de investigación, presumir la comisión de un delito y coordinar acciones interinstitucionales eficaces. En el supuesto de ofertas de empleo en las que el joven debe desplazarse a una localidad fuera de su residencia y en el trayecto se pierde contacto con la familia, el reclutamiento forzado debe asumirse como una línea central de búsqueda, tanto en el despliegue operativo en campo para su pronta localización, como en el análisis de contexto necesario para investigar.
La localización con vida, como ocurrió con estos tres adolescentes, no agota el deber de las autoridades, ya que, de acuerdo con el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (PANNA) que opera desde 2021, están obligadas a reconocerles como víctimas, garantizar su protección inmediata, brindar atención médica y psicológica especializada, evaluar los riesgos del entorno al que serán restituidos y diseñar un proceso de reintegración social que evite la revictimización.
La investigación debiera continuar para identificar las redes de reclutamiento, los mecanismos de captación y a los responsables, así como para adoptar medidas de prevención y alerta frente a las falsas ofertas de empleo difundidas en redes sociales y advertir a los jóvenes y sus familias sobre el riesgo de aceptar invitaciones que ofrecen trabajos para personas sin experiencia, con salarios elevados y/o traslado a otras ciudades, sin proporcionar información clara sobre el supuesto empleador o la naturaleza de las actividades a realizar.
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