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Efectos pedagógicos del 'amparo'

El Poder Legislativo federal acaba de aprobar las reformas a la ley de amparo, promovida por la titular del Poder Ejecutivo del país. Diversos actores sociales y políticos, así como especialistas en el tema han expresado su rechazo a las modificaciones porque fortalecen a las autoridades al tiempo que debilitan a los ciudadanos.

La reforma tiene consecuencias graves al menguar las herramientas de las luchas ciudadanas para enfrentar, detener y sancionar abusos de la autoridad, especialmente en materia de medio ambiente, derechos humanos, y de la diversidad sexual, entre otros.

El ejercicio del derecho tiene efectos pedagógicos en tanto que “educa” a las personas sobre lo que se permite y lo que se prohíbe en una sociedad, así como en lo que supone la defensa de los derechos. La reforma echa para atrás algunos aprendizajes sociales y prácticas que ha logrado el derecho ambiental en México. Algunos de ellos son:

1. Los ciudadanos perdemos capacidad para oponernos a las decisiones de las autoridades. Bajo el ejercicio del amparo, en 2013 un ejido de La Huerta, Jalisco, logró frenar un proyecto minero ubicado a 200 metros de su comunidad. La experiencia generó expectativas sobre el poder ciudadano en torno a las acciones perjudiciales e ilegales emprendidas por las autoridades. Sin embargo, en la nueva ley la protección no se atiende la protección general a las comunidades, sino únicamente el daño directo a quien interpuso el amparo. Con ello, el resto de la gente y el territorio queda sin protección. Si a eso se añade la nueva restricción para conocer información sobre los impactos ambientales causados por las autoridades, es clara la lección: se debilita el poder ciudadano.

2. Prevenir desastres será más conflictivo. Bajo el principio precautorio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una jurisprudencia en la que reconoce que si hay sospechas fundamentadas de que un proyecto puede causar un daño grave, la empresa o autoridad demandada debe demostrar que no causará dicho daño. Sin embargo, con la reforma actual sólo será posible oponerse al “daño” directo causado por obras. En este sentido, prevenir desastres ambientales como incendios o inundaciones y, en general, a un ambiente sano se ven claramente contrariadas.

3. Desconocer la identidad jurídica de la naturaleza. Recientemente, un tribunal de la Ciudad de México emitió una resolución que reconoce a la laguna de Zempoala, como sujeto de derechos, con personalidad jurídica y capacidad de ser defendida en tribunales. Esto facilita a ambientalistas y comunidades en la defensa de sus derechos, ya quienes deben probar el daño es la autoridad y no los demandantes. Esta reforma no reconoce el valor intrínseco de los ecosistemas, mermando la responsabilidad ambiental de la sociedad.

Esta reforma debilita la experiencia de contrapeso y la cultura de la legalidad, por lo que debe ser cuestionada colectivamente mediante el pensamiento crítico y las habilidades analíticas. Si hay retorno en la institucionalidad del derecho, no lo hay en los daños al medio ambiente.

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