El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) indemnizó al ex secretario ejecutivo Christian Flores Garza con más de 684 mil pesos a pesar de que es un funcionario de confianza y su nombramiento o remoción son una atribución de quien preside el Consejo General. El pago se fundamentó en un artículo del Código Electoral del Estado de Jalisco que no tiene relación con el proceso de su salida.
Además, el cálculo de la indemnización que recibió fue elaborado y ratificado por dos funcionarios que eran sus subalternos.
Según documentos entregados vía transparencia por el IEPC, el 2 de junio pasado la ex presidenta del organismo, Paula Ramírez Höhne, emitió el oficio 068/2026 en el que notificó a Flores Garza que en una reunión de trabajo celebrada el 11 de mayo anterior “se trató, entre otras cosas, la continuidad de la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, debido al inminente inicio del proceso electoral 2026-2027 y a que su nombramiento como secretario ejecutivo finaliza el 5 de marzo de 2027”.
El documento agrega que “cuatro de las consejerías que integran el máximo órgano de dirección de este organismo público local electoral se manifestaron a favor de la terminación de su nombramiento”. La decisión, añade el texto, fue ratificada en reuniones celebradas posteriormente, los días 18 y 20 de mayo.
Ramírez Höhne señala al funcionario que ante esa decisión y “a fin de privilegiar el bien superior de la armonía institucional, el diálogo y el consenso del colegiado, con la facultad otorgada a esta presidencia por el artículo 137, fracción VII del Código Electoral del Estado de Jalisco, le informo que sus funciones como secretario ejecutivo concluyen a partir del 1 de julio del año en curso”.
En esa misma fecha se hizo efectiva la renuncia de Ramírez Höhne como presidenta del IEPC. La salida del cargo se hizo pública el 11 de junio y se presentó dos días antes a Guadalupe Taddei Zavala, presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE).
Después de la emisión del oficio a Flores Garza, el director ejecutivo de Administración del IEPC, Fernando Pérez Núñez, emitió el 29 de junio un memorándum dirigido a Omar Ernesto Andujo Bitar, responsable jurídico de la institución, con el cálculo realizado con motivo de “la terminación anticipada de la relación laboral” de Flores Garza. El monto total de la indemnización fue de 684 mil 517.09 pesos. Los tres conceptos más importantes fueron “Vacaciones”, con 149 mil 508 pesos; 12 días por año trabajado, también por el mismo monto, así como “ART 680 (CEEJ)”, por 280 mil 327.50 pesos.
El último de los conceptos es la referencia al artículo 680 del Código Electoral, el cual se refiere a un pago que debe hacer el IEPC cuando el Tribunal Electoral, mediante una sentencia, le ordena reinstalar a un trabajador y la institución se niega a hacerlo, por lo que debe pagarle el “equivalente a tres meses de salario más doce días por cada año laborado”. Es decir, el artículo no tiene ninguna relación con la situación de Flores Garza.
A pesar de lo anterior, el cálculo de indemnización fue avalado por Andujo Bitar. Según el organigrama del IEPC, que puede consultarse en su página web, los dos funcionarios involucrados en el diseño y validación de la indemnización del ex secretario ejecutivo eran sus subalternos.
El cheque, con el concepto de “finiquito”, se emitió el mismo 29 de junio por un monto de 493 mil 018.68 pesos, de una cuenta del banco HSBC a nombre del IEPC. Esa cantidad es la que resultó después de descontar los impuestos.
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