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Seis de cada 10 madres solteras, sin pensión

Seis de cada 10 madres solteras, sin pensión

Aunque en Jalisco y México existen mecanismos civiles y penales para exigir el pago de pensiones alimenticias, 67.5 por ciento de las madres solteras del país no recibe este recurso, de acuerdo con el estudio ‘La obligación del Estado y el derecho a una pensión alimenticia para niños, niñas y adolescentes en Jalisco 2020-2024’, que propone crear un fondo estatal subsidiario, permitir a jueces investigar de oficio los ingresos de los deudores y facultar al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) para vigilar e inscribir a morosos.

El estudio, elaborado por los académicos de la Universidad de Guadalajara (UdeG) Tahalía Esmeralda Aceves Fuentes y Agustín Preciado Cornejo, fue publicado este año. 

En Jalisco, añade el documento, los juicios para reclamar alimentos se tramitan mediante la vía sumaria, que contempla plazos para agilizar el procedimiento: cinco días para contestar la demanda, 10 para el desahogo de pruebas y 15 para emitir sentencia; sin embargo, los autores identificaron dilaciones, burocracia y dificultades cuando el deudor reside fuera del partido judicial o emigra a Estados Unidos.

Además, algunos deudores evaden el pago mediante renuncias laborales, simulación de insolvencia o dilaciones procesales, lo que deja la carga económica y de cuidados en el progenitor custodio.

“En muchos casos difícilmente logra hacerse efectivo ese pago, bien por ignorancia al momento de firmar un convenio de divorcio por mutuo consentimiento y no garantizar el pago de la pensión alimenticia a favor de los hijos/as, o porque el deudor encuentra la manera de aparentar un estado de insolvencia o valerse de argucias para evadir el cumplimiento de su obligación”.

En Jalisco, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se activa tras 90 días de incumplimiento, pero los autores consideran que su alcance es limitado y no garantiza recuperar la deuda pendiente.

En materia penal, el Código Penal de Jalisco contempla el delito de abandono de familiares, con penas de seis meses a cuatro años de prisión, multas, reparación del daño y posibles consecuencias sobre la patria potestad. Pese a los castigos, la investigación advierte que las salidas alternativas pueden concluir los procesos sin garantizar que el pago de la pensión continúe en el futuro.

Ante este escenario, los autores plantean que el Estado establezca un fondo económico subsidiario para otorgar temporalmente pensiones a familias vulnerables cuando el deudor sea insolvente y no existan otros familiares obligados a responder. El Estado podría posteriormente reclamar el monto al deudor.

También proponen que los jueces familiares puedan investigar de oficio los ingresos reales de los obligados mediante información financiera y registros públicos, así como que el Sipinna y las procuradurías de protección vigilen el cumplimiento e inscriban de oficio a los deudores después de acumular dos cuotas impagas.

 

jl/I

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