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Zapopan
Posando para la foto
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos conocida como “Campo Algodonero” (2009) implicó una condena al Estado mexicano por incumplir con su deber de garantizar los derechos a la honra, dignidad, vida, integridad personal y libertad de trabajadoras asesinadas en Ciudad Juárez, Chihuahua; por primera vez se ordenó a las autoridades mexicanas considerar perspectiva de género en la investigación y la inclusión del delito de feminicidio.
El reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias ha implicado un proceso complejo, a pesar de la existencia de protocolos para juzgar con perspectiva de género persiste la impunidad ante la falta de investigación, las sentencias no corresponden a la gravedad del delito y en numerosos casos se ha dejado en libertad a los responsables.
Se considera feminicidio privar de la vida a una mujer por razones de género o cuando la víctima presenta alguna circunstancia como signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones degradantes previas o posteriores a la muerte, si hay antecedentes de violencia del sujeto activo contra la víctima, existe relación con el sujeto activo, hubo amenazas previas o lesiones, incomunicación o exhibición del cuerpo en un lugar público. La sentencia por este delito de conformidad con las disposiciones federales es de 40 a 60 años de prisión, en el caso de la Ciudad de México y algunas entidades puede ser de 35 a 70 años.
Aún es necesario trabajar en los avances legislativos para unificar los elementos del tipo penal de feminicidio en México y se debe insistir con los juzgadores en la necesidad de aplicar los protocolos para juzgar con perspectiva de género y no considerar a priori la muerte de mujeres un homicidio común, pues se estima que apenas 20 por ciento de los asesinatos violentos contra mujeres son reconocidos como feminicidios en el país.
En Jalisco, de acuerdo con el periodista Lauro Rodríguez (NTR, nov/2022) en la actual administración local, la Fiscalía ha emitido 87 órdenes de aprehensión por feminicidio, aunque 28 de ellas aún no se cumplen y existen 239 carpetas de investigación, es decir, solo en poco menos de 25 por ciento de los casos está la persona responsable en prisión.
La situación más compleja para resolver se presenta a nivel social; tan solo en una semana fueron conocidos los asesinatos de Yolotzin López, cuya familia se estuvo movilizando por su desaparición, su cuerpo fue encontrado quemado y la ex pareja ya había sido denunciada ante la Fiscalía del Estado de México por violencia; Ana Lilia Orduña, de una comunidad de Querétaro, fue asesinada por quien fuera su pareja, ella estaba embarazada y tenía dos hijas pequeñas; y en Veracruz la joven Rosa Isela Castro fue asesinada con casi nueve meses de embarazo con el propósito de sustraer a su bebé.
¿Qué lleva a integrantes de una sociedad a cometer crímenes tan atroces? Es un tema muy complejo de responder ya que la violencia contra las mujeres es sistémica y multifactorial; tiene un origen en la posición de desigualdad, marginación y subordinación a la que históricamente ha sido sometida; se valida en un sistema patriarcal en el que las leyes e instituciones privilegian a los varones y las estructuras económicas fortalecen una violencia cultural que justifica las agresiones.
La impunidad que se genera por ese contexto socioeconómico lleva a normalizar las violencias: desde aceptar chistes misóginos, acoso callejero, maltrato, humillación, golpes, hasta la forma más grave de violencia que es el feminicidio; lo que aparentemente es una acción individual de un perpetrador está sustentado en un orden social preexistente que avala por omisión las violencias.
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