La Encuesta Intercensal 2025 del Inegi, presentada recientemente, incorporó por primera vez en la historia de las mediciones oficiales del país una pregunta específica sobre desplazamiento forzado interno. El resultado: 510 mil hogares –1.6 millones de personas– tuvieron que cambiar de residencia entre 2020 y 2025 por violencia o inseguridad delictiva, a los que se suman 152 mil hogares (486 mil personas) desplazados por desastres naturales o de origen humano.
Zacatecas encabeza la proporción de población afectada (2.2 por ciento), seguido de Morelos, Michoacán, Querétaro y Colima; Jalisco se ubica en 1.42 por ciento, sin figurar entre las diez entidades más afectadas, aunque esa cifra estatal no debe leerse como ausencia del fenómeno, sino como su expresión más silenciosa. En mi propia investigación sobre desplazamiento forzado en Teocaltiche documenté precisamente eso: comunidades enteras que abandonaron su municipio sin que existiera, hasta ahora, un solo dato oficial nacional que corroborara lo que el trabajo de campo ya mostraba con nombre y apellido.
El cuestionario de la Encuesta Intercensal 2025 sí recaba, como temas independientes, sexo, discapacidad y autoadscripción indígena o afrodescendiente de toda la población. Es decir: la infraestructura estadística para un análisis interseccional del desplazamiento –saber si las mujeres, las personas con discapacidad o la población indígena lo experimentan de manera distinta o más severa– ya existe dentro del propio instrumento. Sin embargo, los resultados publicados hasta ahora no cruzan esas variables con el módulo de desplazamiento forzado.
Sabemos cuántas personas fueron desplazadas; no sabemos todavía, con datos propios de esta encuesta, si esa carga recae de manera desigual sobre las mujeres o sobre poblaciones históricamente discriminadas. A esto se suma otra limitación metodológica: la Intercensal no distingue las causas específicas de la violencia –extorsión, despojo, reclutamiento forzado– ni identifica la localidad de origen, pues se levanta en el lugar de llegada, no en el de expulsión.
Esa omisión no es menor: desde ACNUR hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos documentan consistentemente que las mujeres desplazadas enfrentan mayor riesgo de violencia sexual y de pareja, asumen de manera desproporcionada el sostenimiento del trabajo de cuidados en condiciones de precariedad extrema, y pierden con frecuencia el acceso a servicios de salud reproductiva justo en el trayecto del desplazamiento.
Reconocer el fenómeno estadísticamente era el primer paso, impostergable después de años de negación institucional. Pero el vacío no es solo de datos: es legislativo. La Cámara de Diputados aprobó, desde 2020, la Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno. Sin embargo, la minuta lleva casi seis años congelada en el Senado, pese a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recomendado a México legislar en la materia en tres ocasiones –2013, 2015 y 2022– y pese a que existe un amparo, promovido en 2023 por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, que busca obligar al Congreso a legislar; la Suprema Corte ya ha pospuesto dos veces su discusión.
Mientras el Senado detiene la ley general, algunas entidades han optado por no esperar: Oaxaca aprobó en 2025 su propia Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, Sinaloa aprobó recientemente su propia ley estatal, con registro de personas desplazadas y fondo especial de atención. Son avances valiosos, pero también evidencian una fragmentación preocupante: el derecho a no ser desplazado, y a ser reparado si lo fuiste, depende hoy de en qué estado te tocó vivir.
Jalisco tiene la oportunidad de no seguir esperando al Senado. Puede legislar como ya lo hicieron Oaxaca y Sinaloa, con la evidencia que ofrece investigación local como la que realicé en Teocaltiche. Reconocer el problema tomó 20 años; seguir sin ley, después de aprobada en una Cámara, ya no es lentitud institucional: es decisión.
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