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Reforma electoral: autoridades electorales

Aunque el presidente López Obrador y quienes lo ayudan con los asuntos legislativos ya prevén que no será posible llevar a cabo la reforma electoral en los términos propuestos originalmente, el presidente presentó un plan B e insiste en su propuesta de cambiar la manera de designar a las autoridades electorales.

Que es fundamental que el árbitro sea lo más neutral posible es algo que reconoce cualquier persona que ha participado en una competencia. Y además de imparcial, se requiere que el árbitro conozca a cabalidad las reglas de la competencia y las aplique de manera consistente. Es decir, se requiere que tenga capacidad e idoneidad para ocupar el puesto. Lo mismo ocurre con las autoridades electorales.

Por otra parte, dado que es muy difícil que una persona sea totalmente imparcial, organismos como el INE tienen una dirección colegiada, es decir, las decisiones se toman entre un grupo de personas, de manera que la parcialidad de cada persona en lo individual se vea contrarrestada por la parcialidad de las otras. Digamos que la suma de parcialidades opuestas da como resultado la imparcialidad del conjunto.

Sin embargo, la propuesta de reforma electoral en vez de propiciar la designación de personas idóneas y capaces, propiciaría la elección de personas con un sesgo partidista muy claro, lo que les restaría idoneidad y, por otra parte, puede favorecer que quien obtenga el puesto no tenga suficiente capacidad para ejercerlo.

Entraría un sesgo partidista porque la elección de autoridades electorales no sería una competencia en la que cualquier persona puede participar, sino que, de acuerdo a lo que estipularía el artículo 41, apartado A, de la Constitución mexicana, sería una competencia entre 60 personas: 20 postuladas por el presidente, 10 por la Cámara de Diputados, otras 10 por la de Senadores, y las últimas 20 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esas personas participarían en una competencia electoral, y la ciudadanía elegiría siete para integrar el Consejo General, que presidiría quien obtuviera el mayor número de votos.

El problema es que, como están las cosas actualmente, dado que el partido del presidente controla ambas cámaras y que la mayoría de quienes integran la SCJN le deben el puesto al actual presidente, es muy probable que una buena parte de las personas postuladas serían simpatizantes o cercanas al partido gobernante, por lo que se corre un alto riesgo de que las siete personas elegidas actúen de acuerdo a lo que diga el presidente, y no serían imparciales.

En cuanto a la capacidad, desafortunadamente gracias a la mercadotecnia electoral a veces ganan quienes tienen mejores lemas o logran despertar la simpatía del electorado, pero no necesariamente quienes tienen los mejores proyectos ni la trayectoria laboral más adecuada. Por lo que corremos el riesgo de que ganen siete personas muy simpáticas, pero poco capacitadas para ejercer sus funciones. Si a eso le agregamos su posible sesgo partidista, el resultado podría ser un conjunto de personas que operan para que vuelva a ganar el partido en el poder, aunque darían una engañosa apariencia de democracia, ya que supuestamente deben su puesto al electorado.

Si, además, tomamos en cuenta que esto se haría cada seis años, y que el proceso de elección de las autoridades electorales costaría más de 8 mil millones de pesos, cuando actualmente la designación es parte del gasto ordinario de las dependencias participantes, y no implica gastos adicionales, la propuesta resulta sumamente engañosa, y puede traer una situación peor que la actual.

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