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Presunción

Era un hombre bajito, siempre de buen humor, medio calvo, de mediana edad, vestido pulcramente con traje y corbata, que se paraba valientemente frente a dos docenas de jóvenes cargados de testosterona y predicaba: “…y aquí es donde aparece nuevamente nuestra vieja amiga la concubina”. Con una sonora carcajada los alumnos festejaban lo dicho por el profesor y el doble sentido que contenía.

Recién comenzada la década de los setenta, la clase de Derecho en el bachillerato no era precisamente divertida, pero el maestro –de quien lamentablemente no recuerdo el nombre– se esforzaba por envolver los temas en buen humor, haciendo énfasis en comentarios de los puntos que provocaban este tipo de explosivas carcajadas.

Así nos habló de temas por demás áridos. Recuerdo que nos explicó cómo la antigua legislación romana traída por los españoles dio pie a las leyes en la Nueva España que dieron origen, después, a la incipiente legislación mexicana. Un tema en el que puso atención especial fue el juicio de amparo.

El juicio de amparo ha sido, desde su creación en México en el siglo 19, una de las instituciones jurídicas más trascendentes no solo para el país, sino para el derecho constitucional a nivel mundial. Inspirado en la defensa de los derechos humanos y en el control del poder público, el amparo mexicano marcó la pauta para la creación de mecanismos similares en América Latina y otras regiones, consolidando a México como pionero en la protección judicial frente a los abusos del Estado. Países como Argentina, El Salvador y Costa Rica adoptaron figuras inspiradas directamente en este modelo, reconociendo en él un instrumento indispensable para la tutela de las libertades ciudadanas.

Sin embargo, las recientes reformas a la legislación del juicio de amparo en México amenazan con debilitar el alcance de esta herramienta fundamental, quitándole fuerza o dientes, según se mire. Entre los cambios más preocupantes destaca la limitación de los efectos generales de las sentencias, lo que significa que incluso si un juez determina que una ley es inconstitucional, su decisión solo beneficiará al promovente del amparo y no al conjunto de ciudadanos afectados. Este retroceso fragmenta la justicia, impidiendo que un fallo proteja a la sociedad en su conjunto frente a leyes o actos violatorios de derechos.

Asimismo, las modificaciones buscan restringir la suspensión de actos reclamados en temas considerados de “interés público”, una categoría ambigua que el gobierno puede interpretar a conveniencia. Esto abre la puerta para que se ejecuten actos de autoridad aun cuando existan dudas fundadas sobre su legalidad o su impacto en los derechos humanos.

En la práctica, estas reformas debilitan la independencia judicial y reducen la capacidad de los ciudadanos para defenderse ante decisiones arbitrarias. El juicio de amparo, antes ejemplo de justicia y equilibrio democrático corre el riesgo de convertirse en un procedimiento limitado y burocrático. Lo que alguna vez fue un orgullo jurídico nacional y una referencia internacional podría transformarse en un instrumento simbólico, incapaz de cumplir su propósito original: proteger eficazmente a los mexicanos frente al poder del Estado.

Estaría bien rectificar.

Así sea.

X: @benortegaruiz

GR