La semana pasada, en medio de toda la estridencia política relacionada con los casos de Sinaloa y su invisible gobernador con licencia, así como también el caso de Chihuahua y su gobernadora, equiparados como si se tratase de un procedimiento similar, pero, de niveles totalmente distintos, se recibió la propuesta de iniciativa en la Cámara de Diputados federal, en la que se plantean transformaciones para el Poder Judicial, es decir, la reforma a la reforma.
La cercanía de la revisión de los acuerdos de negociación del TMEC, colocan el tema judicial mexicano como uno de los puntos en los que se generan muy profundas e importantes incertidumbres. La discusión sobre la transformación del Poder Judicial surgió de los diferendos de la anterior administración con algunos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); por ello, los cambios en el sistema general de impartición de justicia estuvieron siempre en el centro de la polémica.
El principio de reformar y generar un esquema de mayor agilidad en los procesos judiciales no significaba, por otra parte, establecer un esquema de votación sin que hubiera una exigencia de comprensión del sistema judicial, ni una formación técnica que constituyese el soporte para el desarrollo de esas funciones. De forma que el establecimiento de un modelo de elección directa por la población, demostró algo complejo, pero con consecuencias en la articulación de la estructura del modelo de impartición de justicia.
Someter la integración a un sistema de votación, colocaba el proceso dentro de un modelo propagandístico que no tenía que ver con la formación técnica de los aspirantes. La anterior circunstancia colocó la elección en una fórmula de promoción partidista con intervención de los mismos en su desarrollo. Menos de un 12 por ciento de participación, respecto del Padrón Electoral, decidió la integración de una estructura que no ha terminado de organizarse desde 2024.
Cuando los potenciales inversionistas observan que el modelo de resolución de controversias jurídicas obedece más a una estructura de negociación política y no de técnica jurídica, no encuentran los mejores estímulos para generar líneas de inversión en nuestro país, en la medida que el desarrollo de las inversiones implica, de manera usual, el acercamiento con el sistema judicial, y cuando éste no tiene la solidez técnica y la garantía de procesos institucionales, no se incentiva la atracción de inversiones.
Algunos elementos que se consideran dentro del proyecto son: la creación de una nueva comisión para la evaluación de los aspirantes a jueces; la reducción de aspirantes en la boleta electoral y la creación de ‘secciones’ para la SCJN, entre otras. Con esto se ve una intención de corregir cambios que transformaron la Constitución y ahora, nuevamente, a intentar remediar un desordenado e improvisado cambio en el sistema judicial.
La mayoría oficialista tendrá que analizar con cuidado la consideración de la iniciativa porque, de acuerdo con la experiencia, es la única instancia que opina sobre la materia y, aunque ciertamente es de interés general y social el fortalecimiento del sistema, el voto mayoritario es el que establece el voto definitivo.
jl/I









