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Se regularizó a 9 particulares

EN REGLA. Más de 10 hectáreas de la Presa El Órgano fueron regularizadas a partir de un programa estatal. (Foto: Jorge Alberto Mendoza)

Durante 2017, nueve particulares recibieron del gobierno de Jalisco la “regularización” de sus posesiones en el interior del vaso de la Presa El Órgano, en Tlaquepaque. La superficie regularizada es de casi 10 hectáreas y sería equivalente a poco más de 15 por ciento de la superficie total del cuerpo de agua original, que era de 63 hectáreas.

Debido a la problemática documentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ), la Dirección de Asuntos Agrarios de la Secretaría General de Gobierno (SGG) ha tomado la determinación de suspender el procedimiento, según le notificó la directora del organismo, Ana Elena Hernández Núñez, el 9 de octubre, a la ciudadana Lourdes Martínez Pizano, una de las promotoras de la queja ante la CEDHJ que derivó en la recomendación 26/2019.

Según la recomendación, “la Dirección de Asuntos Agrarios informó que aun cuando no contaban con una delimitación de El Órgano, sí reconocía que en la zona (polígono 1 de la presa) se habían regularizado nueve predios mediante el Programa de Regularización de Predios Rústicos de la Pequeña Propiedad; esto, de conformidad con los lineamientos que indica el decreto 17114 y su reglamento, que actualmente se encuentra vigente conforme al decreto 26299; aclaró que dicho trámite no significaba un cambio de tenencia de la tierra, sino únicamente un trámite administrativo que regulariza la posesión de quien promueve y que además cubre con todos los requisitos”.

Según este programa, “mediante un trámite administrativo cualquier persona física que se ostente como propietaria y que tenga calidad de poseedora a título de dueña en forma pacífica, continua y pública podrá obtener su título de propiedad e inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y Catastro Municipal. Su objetivo general es dar certeza jurídica en la tenencia de sus predios, título de propiedad e inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y Catastro Municipal”.

Predios rústicos “son aquellos que se encuentran definidos como tales en la Ley de Catastro Municipal del Estado en el artículo quinto, fracción 3; o todas aquellas extensiones que tengan vocación agrícola, pecuaria o forestal, así como los predios comprendidos en las áreas de reservas de un centro de población, donde no se hayan realizado las obras de urbanización”, añade la recomendación.

“Los predios que actualmente ha reconocido el Ejecutivo del estado a través del Subcomité de la Región 11 Centro  del Programa de Regularización de Predios Rústicos de la Pequeña Propiedad (…) casi todas estas ocupaciones no se encuentran por debajo de la altura de la cortina de la presa, que va de mil 510 a mil 513.7 metros sobre el nivel del mar (…) lo anterior ha otorgado derecho a particulares sobre los predios que anteriormente formaban parte de la El Órgano, ya que por parte del gobierno del estado se ha solicitado a la Dirección de Catastro Municipal el reconocimiento de esos derechos y la inscripción de la resolución definitiva que emite los subcomités encargados de llevar a cabo el trámite administrativo de reconocimiento de derechos por parte del gobierno del estado”.

Los nueve posesionarios regularizados, de acuerdo a la información proporcionada por la investigación de la CEDHJ, son: Julio César García Limón, con 3 mil 380 metros cuadrados (m²); José Francisco Rangel López, con 3 mil 976 m²; Javier Olivares Lamarque, con 12 mil 526 m², 10 mil 491 m² y 7 mil 957 m²; Alexis Tadeo Íñiguez Torres, con 37 mil 964 m²; Martha Ruth del Toro Gaytán, ex secretaria estatal de Medio Ambiente, con 9 mil 691 m²; José Pérez Plascencia, con 5 mil 245 m², y Rocío Ortega Ituralde, con 5 mil 245 m².

Al respecto, Del Toro Gaytán se deslindó ayer de cualquier irregularidad: “Yo compré a un particular, se demostró que allí era pequeña propiedad y efectivamente estuvimos en el proceso de regularización de predios rústicos, pero pasó porque todo estaba en regla. Debo aclarar que ni siquiera ese terreno está en el embalse, sino que colinda con este y se puede comprobar fácilmente en cualquier plano”.

Finalmente, la ex titular de Medio Ambiente aseguró que ya vendió el terreno de la zona.

¿CÓMO FUE EL PROCESO?

“Recibirán las solicitudes de regularización y las evaluarán; integrarán un expediente, y elaborarán un dictamen resolutivo, y en caso de determinar que está debidamente comprobada la posesión, declarará que el poseedor se ha convertido en propietario en virtud de la usucapión,  y tal declaración será inscrita en el Registro Público de la Propiedad, sirviendo ésta como título de propiedad”.

Sin embargo, “dentro de los requisitos que establecía para llevar a cabo los trámites de solicitudes dentro del Subcomité Regional aparecía un punto que a consideración de esta Comisión, debía atenderse e investigarse más a fondo, a saber: certificado o constancia expedida por la autoridad competente, que acredite que los predios rústicos a regularizar, no son propiedad de la nación; siempre y cuando dichos predios no cuenten con antecedentes registrales en Catastro o en el Registro Público de la Propiedad”.

De este modo, esos nueve predios “debieron considerar el origen de los predios previstos en el vaso regulador de la presa. Sin embargo, ante las notorias confusiones causadas por autoridades de los tres ámbitos de gobierno, resultaba una tarea ardua de atender, mas no imposible, ya que el propio Decreto le obligaba a asegurarse por todos los medios a su alcance, del valor probatorio de las afirmaciones vertidas y los documentos presentados por los promoventes.  Lo anterior, se presume no se llevó a cabo y prueba de ello es que actualmente existen nueve propietarios que pudieran haber participado en el relleno de los predios que ahora forman parte de pequeñas propiedades, y que han intentado conseguir”.

"Yo compré a un particular, se demostró que allí era pequeña propiedad, y efectivamente estuvimos en el proceso de regularización de predios rústicos”

Martha Ruth del Toro Gaytán, ex secretaria estatal de Medio Ambiente

El deslinde

“Se trata únicamente de un trámite administrativo que regulariza la posesión de quien promueve y que además cubre los requisitos, por lo tanto no es procedente dejar sin efecto dichas regularizaciones; lo conducente en este caso es que la persona que acredite tener derecho a hacerlo, deberá iniciar los procedimientos legales correspondientes para hacerlo”.

No obstante, “el comité interinstitucional de dicho programa dictó un acuerdo de fecha 2 de septiembre de 2019, en el cual establece que: aprueba por unanimidad de votos que a partir de este momento no se regularice ningún predio que involucre la superficie de la presa citada, reiterando que para soportar la negativa de atención se solicite a la Conagua informe si se cuenta con la delimitación correspondiente, señalando si es propiedad federal”.

La Conagua no ha entrega ninguna constancia ni delimitación de la zona federal hasta esta fecha.

Fuente: Dirección de Asuntos Agrarios, 9 de octubre de 2019, misiva a la ex diputada Lourdes Martínez Pizano

JJ/I