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Lineamientos con puntos preocupantes

Hay medios informativos mexicanos sin código de ética; o lo tienen, pero no es público; o no siempre concuerda con la práctica editorial cotidiana. Se saltan valores y criterios por diversidad de razones, incluidos los intereses económicos y/o políticos de propietarios y directivos, o las presiones de personajes e instituciones ajenas a las salas de redacción. No obstante, se tienen excepciones honrosas y alentadoras.

Sin embargo, los peores ejemplos antiéticos los podemos encontrar en sitios web o páginas maniobradas por personajes que dicen ser periodistas, y propagan desinformaciones y difamaciones.

No en todos, pero en espacios noticiosos, reporteros o conductores informan y cuelan sus opiniones, con prejuicios, asideros endebles o críticas superficiales. Quien los escucha en la radio o los observa en la pantalla comprueba que violan un precepto que se enseña en las escuelas serias de periodismo, específicamente para el género noticia: proporcionar hechos veraces, no los puntos de vista de quien informa, por muy respetables que sean.

La mayoría de medios informativos no cuentan con un defensor del radioescucha o televidente, salvo notables ejemplos de los que convendría aprender para ofrecer un mejor servicio. Imprecisiones, calificativos, tergiversaciones, determinados énfasis, infundios o hechos no confirmados que sean difundidos sin medir las consecuencias, es necesario rectificarlos, matizarlos, aclararlos.

Ahora, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, las concesionarias de televisión abierta y radio, las de televisión y audio de paga, y las programadoras, tendrán que contar con un código de ética, un defensor de los derechos de las audiencias y diferenciar cuándo emiten una opinión o una información. Lástima que se llegue a esta medida como una obligación legal y no como un convencimiento profesional.

Los lineamientos recién aprobados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) tienen ambigüedades y puntos preocupantes que apuntan a presionar políticas editoriales; de ahí a censurar y provocar la auto censura hay un paso.

Entre otros artículos preocupantes está el 47, el cual señala que el radioescucha o televidente podrá solicitar la intervención de la CRT “cuando la Persona Defensora no resuelva su Queja, o la resuelva fuera de los plazos establecidos”. ¿Qué se entiende por “no resolver”? ¿Con qué criterios y parámetros se resuelve una queja? 

En ese escenario la CRT mete mano en las salas de redacción. El artículo 52 abre el abanico para que actúe sin cortapisas al establecer que puede realizar monitoreos, “requerimientos o cualquier otra actuación que sea necesaria”, y el 53 advierte de las sanciones que impondrá, sujetas a la interpretación de la CRT sin posibilidad de una revisión judicial.

¿Decidirá “cualquier otra actuación que sea necesaria”? ¿Como cuáles?, ¿desde qué marco interpretará la CRT?, ¿qué tan subjetivas serán sus interpretaciones?, ¿como las que no pudo imponer el INE?, ¿faltan, acaso, lineamientos precisos al lineamiento general?

Sobre los medios informativos penderán posibles sanciones del gobierno federal, que podrá dejarlas caer una y otra vez. ¿Disminuirán las críticas a cualquier poder?, ¿las penalizaciones repercutirán en periodistas despedidos?

Radios y televisoras van a recibir un alud de quejas; entre ellas de funcionarios, políticos tradicionales o personajes que podrán echar mano de los lineamientos para presionar líneas editoriales, fastidiar, escandalizar y autoconvertirse en víctimas mediáticas. Tengan o no razón, harán ruido en redes sociales.

A los asesinatos, amenazas, desplazamientos, opacidad de las dependencias y precarias condiciones laborales que padecen periodistas mexicanos, se suman la incertidumbre y las venideras sanciones.

X: @SergioRenedDios

jl/I

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