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Se fue bien pagada
Ley Telecom
A pesar de que, según se establece en la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco (LAVEJ), una de las obligaciones primigenias de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) era difundir los lineamientos para el funcionamiento del Fondo de ayuda, asistencia y reparación integral de atención a víctimas, tuvieron que pasar casi cuatro años desde su instalación para que éstos se hicieran del dominio público.
Si bien la CEEAV comenzó a operar el 27 de mayo de 2015 y desde entonces se ha jactado de ser líder nacional en la entrega de compensaciones económicas a favor de quienes han sido víctimas del delito o de violaciones a sus derechos humanos, con 59 pagos, la reglamentación correspondiente fue publicada apenas el 4 de mayo en el periódico oficial El Estado de Jalisco. Previamente, las autoridades habían hablado de su existencia, mas no se conocían.
De conformidad con la ley en la materia, en los lineamientos se establece que los recursos del fondo podrán ser utilizados para otorgar apoyos de tres tipos: para la asistencia y ayuda, para la compensación subsidiaria por violación a derechos humanos cometidas por autoridades estatales, y para la compensación subsidiaria por delitos del orden estatal.
HAY AVANCE… Y DEFICIENCIAS
Para Anna Chimmiak, coordinadora de Incidencia del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (Cepad), aunque la publicación de los lineamientos significa un avance, éstos presentan algunas deficiencias que, mayormente, están ligadas de forma directa a carencias de la propia LAVEJ. Una de las principales es que los apoyos están condicionados a la suficiencia presupuestal.
“Esa parte resulta preocupante; obviamente es una acción para protegerse por parte del mismo estado, pero para las víctimas es alarmante”, manifestó.
Para el primer caso, que según la LAVEJ contempla cuestiones como atención médica y psicológica, gastos funerarios, alojamiento, alimentación y educación; se estipula que los recursos provendrán de la partida 4412, denominada Ayuda para gastos por servicios de traslado de personas. No obstante, si bien se trata de una partida de ampliación automática, según se desprende del Presupuesto de Egresos aprobado para 2019, la Secretaría General de Gobierno (SGG), ente a la que está adscrita la CEEAV, no cuenta con recursos asignados en la misma.
En tanto, los recursos para la compensación subsidiaria de víctimas del delito o de violaciones a sus derechos humanos, saldrán de la partida 4111, Fortalecimiento y mejora de programas y proyectos, en la que la SGG dispone de 26 millones de pesos para el ejercicio en curso.
PERSISTE LA BUROCRACIA
Entre otras deficiencias, Chimmiak enumeró el que las medidas de ayuda y asistencia no trasciendan un enfoque emergente; el que existan cuestiones burocráticas que podrían restringir el acceso a las compensaciones (como el privilegiar la posesión de una cuenta bancaria o cancelar los apoyos si no son cobrados, sin que se consideren acciones de búsqueda de los beneficiarios) o el que no se consideren las particularidades de cada caso.
De igual forma, los tiempos que marcan los lineamientos, agregó la defensora, son desiguales. Mientras que el comité encargado de avalar la procedencia de las solicitudes cuenta con 90 días hábiles para integrar el expediente y de otros 20 para notificar a la víctima, si falta documentación, los solicitantes cuentan con plazos menores para solventar la situación.
Finalmente, Chimmiak resaltó la necesidad de que tanto las autoridades como la ciudadanía comprendan que el concepto de reparación integral del daño se encuentra intrínsecamente ligado a un enfoque de derechos y no a uno económico, mismo que parece comenzar a vislumbrarse en la reglamentación.
“La reparación integral del daño se refiere a un derecho que está compuesto por varias medidas que no son componentes materiales, como es el tema de satisfacción; las garantías de no repetición, para que los hechos no vuelvan a ocurrir; un tema de rehabilitación, que pueden ser medidas de índole médica, psicológica, social para las personas afectadas por el hecho victimizante o la violación a los derechos humanos; así como el tema que tiene que ver con restitución de derechos, cuando es posible, y, como último componente, el tema de la compensación”, detalló.
“Al final, los lineamientos ni limitan ni extienden la posibilidad del acceso (al fondo). Obviamente nos dicen cuál es el procedimiento, pero, en términos generales, este procedimiento ya está presente en la ley estatal. Las condiciones para poder obtener la reparación integral del daño siguen iguales y siguen siendo muy limitadas”, concluyó Chimmiak.
“La reparación integral del daño se refiere a un derecho que está compuesto por varias medidas que no son componentes materiales” Anna Chimmiak, coordinadora de Incidencia del Cepad
“La reparación integral del daño se refiere a un derecho que está compuesto por varias medidas que no son componentes materiales”
Anna Chimmiak, coordinadora de Incidencia del Cepad
NÚMEROS
59 pagos ha otorgado la CEEAV desde su instalación
26 millones de pesos es la bolsa en 2019 para víctimas del delito o de violaciones a derechos humanos, misma cantidad que en 2018
25 millones de pesos se otorgaron para el mismo fin en 2017 y 2016
1 millón de pesos se destinó en 2015, año de instalación de la CEEAV
JJ/I