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Jalisco, sin cumplir normas de tratamiento

AGUA. El impulso a las normas es parte de los trabajos en el área prioritaria del río Santiago. (Foto: Archivo NTR/JAM)

Jalisco, donde 77 de sus municipios no operan un solo sistema de tratamiento de aguas residuales; donde solamente hay 82 plantas en operación de acuerdo con los registros de la Comisión Estatal del Agua (CEA), y donde, si se suman los caudales que tratan las dos macroplantas del Área Metropolitana de Guadalajara, se alcanzan menos de 9 mil litros por segundo tratados de más de 15 mil que se desechan, no se puede decir que es un estado que cumple con las normas oficiales en la materia.

Es decir, nunca se cumplió la versión 1996 de la NOM-001-Semarnat aunque pasaran 25 años de plazo, antes de que entrara la versión 2021 de la norma, misma que en la actualidad es promovida por la autoridad estatal. Se trata, pues, no solo de cumplir los parámetros más exigentes de la nueva versión, sino, en muchos casos, de levantar desde los cimientos un sistema de tratamiento que haga posible la sustancial mejora en la calidad de los cuerpos de agua de la entidad.

El impulso a la norma de saneamiento la patrocina ahora personal de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa), el cual encabezó ayer la reunión número 24 del Grupo Técnico de Inspección y Vigilancia del Río Santiago, en donde se trabaja en la implementación de acciones coordinadas para realizar visitas conjuntas a unidades económicas asentadas en Jalisco por parte de autoridades de los tres órdenes de gobierno con el objetivo de dar atención al Área de Intervención Prioritaria (AIP) del río Santiago.

La reunión se realizó en la Casa de la Cultura del Municipio de El Salto y asistieron representantes de las direcciones de Medio Ambiente y áreas afines de Zapotlanejo, San Pedro Tlaquepaque, Zapopan y el municipio anfitrión.

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) en Jalisco, a través del subgerente de inspección de las oficinas centrales, Luis Miguel Rivera Chávez, participó vía remota desde la Ciudad de México con una breve explicación sobre la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación y la cual entró en vigor a partir del mes de marzo del presente año y que sustituye a la NOM-001- SEMARNAT-1996.

El funcionario señaló que la norma actual omite la palabra “máximos” permisibles como lo establecía la anterior NOM-001-SEMARNAT-1996. Otras diferencias: nuevos parámetros como mejores indicadores de contaminación del agua y criterios que consideran la capacidad de asimilación y dilución de las cargas contaminantes que puedan recibir los cuerpos receptores, dado que los volúmenes y concentraciones de cargas contaminantes han aumentado debido al crecimiento poblacional y las actividades económicas.

Así, la NOM-001-SEMARNAT-2021 se refiere únicamente a descargas a cuerpos de agua de propiedad federal y tiene como objetivo establecer los límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales con el objetivo de proteger, conservar y mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales.

La aplicación total de la norma en cuestión comprende varias etapas que se complementarán y concluirán hasta el año 2026.

jl/I